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Pliego

ET-_Almacen_21_de_abril_2026_signed.pdf

Contratación del servicio de Renta de almacén para la OGTIC y sus dependencias · Oficina Gubernamental de Tecnología de la Información y la Comunicación (OGTIC)

Publicado el 14 may de 20265 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso OGTIC-CCC-PEPU-2026-0004

Lo que dice

Las especificaciones establecen el alquiler por tres años de un almacén de al menos 200 m², ubicado a no más de 2.5 km de la OGTIC, con seguro de responsabilidad civil y pagos mensuales; también prevén un depósito equivalente a tres meses. La evaluación es de cumple/no cumple y la adjudicación se basa en el menor precio a un único oferente; el portal registra un monto estimado de RD$7,812,000.36 y una convocatoria del 15 de mayo de 2026.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Documentos técnicos marcados como no subsanables

Documento del 14 may 2026 · hace 5 meses

El pliego declara no subsanables la oferta técnica y la autorización para inspeccionar el inmueble. Conviene verificar si se excluye la posibilidad de subsanar documentos de calificación o de soporte cuando hacerlo no alteraría el contenido esencial de la oferta.

“Cumple si presenta la Oferta Técnica (conforme a las especificaciones técnicas suministradas) Que incluya, la dirección exacta del inmueble e imágenes donde se observe que cumplen con las condiciones establecidas. (NO SUBSANABLE)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Radio máximo de 2.5 km como condición del almacén

Documento del 14 may 2026 · hace 5 meses

El requisito limita la ubicación del inmueble a un radio de 2.5 km de la sede y el procedimiento se tramita como proveedor único. Aunque la cercanía puede responder a necesidades logísticas, conviene verificar que el límite esté sustentado técnicamente y que la identificación del proveedor único se apoye en evidencia de mercado; la distancia también aparece vinculada a una señal previamente registrada sobre discrepancias entre documentos.

“La ubicación de debe de ser, igual o menor a 2.5 km de la Oficina Principal de la OGTIC (Edif. Vista 311, Bella Vista, DN., Santo Domingo, Rep. Dom.)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

ContextoHallazgo en documentos

Actividad económica actual del adjudicatario requiere verificación

Documento del 14 may 2026 · hace 5 meses

Según la consulta de DGII aportada, realizada el 27/09/2026, la actividad registrada actualmente para Seguridad Gigante, SRL es «SERVICIOS DE SEGURIDAD N.C.P.», mientras el objeto es alquilar un almacén. La consulta es posterior al proceso y no establece cuál era su actividad al ofertar ni acredita por sí sola falta de capacidad; conviene verificar la actividad económica y la autorización sobre el inmueble a la fecha de contratación.

“Contratación del servicio de renta de Almacen de articulos diversos mínimos 200m2 para la OGTIC y sus dependencias, por una duración de tres (3) años.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Seguridad Gigante, SRLEl portal registra el proceso adjudicado y un contrato activo a su nombre; el documento de especificaciones no consigna el resultado de la evaluación.AdjudicadoÍtem únicoRD$7,812,000

Otros documentos del proceso (14)

  • Acta_de_inicio_de_procedimiento_-_Alquiler_Almacen_signed.pdfPliego · 14 may de 2026 · 1 señal
  • Autorización Mae - Almacén. Alquiler.pdfAutorización · 14 may de 2026
  • Contratacion_del_Servicio_de_Alquiler_de_Almacen_para_OGTIC_signed.pdfSolicitud de compra · 14 may de 2026
  • Justicacion_de_la_necesidad_signed.pdfInforme justificativo · 14 may de 2026 · 1 señal
  • Justificacion Proveedor Unico 9 d.pdfInforme justificativo · 14 may de 2026 · 2 señales
  • 01. Solicitud de compra PEPU04.pdfSolicitud de compra · 14 may de 2026
  • PLIEGO - ALQUILER ALMACEN.pdfPliego · 15 may de 2026 · 5 señales
  • Acta de adjudicación PEPU 04.pdfActa de adjudicación · 25 may de 2026
  • Acta de adjudicación PEPU 04.pdfActa de adjudicación · —
  • Compromiso PEPU-04.pdfDocumento · —
  • CONTRATO SEGURIDAD GIGANTE SRL.pdfContrato · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

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Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de compra PEPU-04.pdfDocumento · —
  • Preventivo PEPU-04.pdfDocumento · —