El informe pericial GTIC-083-2026, fechado el 15 de abril de 2026, justifica renovar soluciones Redis e Integrador de Datos y recomienda que el Comité autorice el procedimiento. Sostiene que Redis Data Integrator es una solución única y que el fabricante autorizó la reventa mediante el APCA SYCOD–Btek Solutions. El portal registra posteriormente la adjudicación a Btek Solutions, S.R.L., por RD$61,334,460.26.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe indica que la reventa está autorizada por medio del APCA SYCOD–Btek Solutions, mientras que el portal y el acta posterior registran a Btek Solutions, S.R.L. como oferente y adjudicataria individual. Conviene verificar que la autorización del fabricante cubra a Btek por sí sola y que el alcance del proveedor único justifique la adjudicación en esa forma.
“En ese sentido, hemos recibido una comunicación del fabricante Redis en la cual se establece que Computadores y Sistemas Digitales SA de CV (SYCOD) es el único distribuidor VAR en Latinoamérica. El cual por medio del APCA (SYCOD - BTek Solu”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
El informe presenta como ítem 5 un servicio de soporte 24/7; según el portal, el ítem 5 es otra renovación de suscripción Redis para manejo de archivos XML. La diferencia entre el desglose del informe preparatorio y los ítems publicados amerita comprobar cuál alcance quedó sometido a competencia y cubierto por el monto estimado y adjudicado.
“5 | Soporte Plataformas: In-Mem / Archivos no estructurados (XML) / Integrador de datos (RDI) / Ambientes No-Productivos Detalles Soporte:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Btek Solutions, S.R.L.El portal y el acta posterior registran su adjudicación; el informe identifica a Btek como integrante del APCA autorizado por el fabricante para revender los productos y servicios Redis.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona