El formulario, fechado el 15 de abril de 2026, registra la necesidad de renovar soluciones Redis y estima el costo en US$989,688.50, equivalentes a RD$61,334,460.25, con entrega prevista dentro de los 15 días calendario posteriores a la firma. También consigna un presupuesto indicado en el PACC de RD$58,267,522.50 y designa tres peritos, además de identificar a Richard A. Rosso Muñoz como responsable de recepción.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El formulario calcula el costo estimado en RD$61,334,460.25, pero señala que las dos partidas presupuestarias suman RD$58,267,522.50: una diferencia de RD$3,066,937.75. El documento no explica cómo se cubriría esa diferencia; conviene verificar la correspondencia entre estimación, planificación y disponibilidad presupuestaria.
“Presupuesto indicado en el PACC2: | RD$58,267,522.50 … US$989,688.50 × 61.9735 = RD$61,334,460.25 | Partida 1: $36,392,372.50 + Partida 2: $21,875,150.00 = RD$58,267,522.50”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
El formulario designa tres peritos y describe para ellos cargos y competencias tecnológicos, de arquitectura, infraestructura y desarrollo de software; no identifica un perito legal ni uno financiero o económico. El reglamento establece esa composición mínima para los peritos, por lo que corresponde verificar si hubo designaciones o perfiles complementarios en otra actuación del expediente.
“Perito 1: | Richard A. Rosso Muñoz | Enc. Departamento de Arquitectura Tecnológica … Perito 2: | José O. Ruiz Dionicio | Enc. Depto Sistema de Apoyo a Fiscalización, Análisis y OFV … Perito 3: | José A. Polanco O. | Enc. Departamento de Inf”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
El formulario registra vencimientos del contrato anterior el 20/12/2025 y el 06/01/2026, mientras que la solicitud de estudios previos está fechada el 15/04/2026. Por tratarse de una renovación de licencias, conviene comprobar la continuidad de la cobertura y cómo se gestionó el período entre esos vencimientos y la preparación del nuevo proceso.
“Fecha del primer contrato | Fecha del contrato anterior | Periodo de vencimiento | Número de contrato | Monto del contrato | 05 de noviembre de 2024 | - | 20/12/2025 y 06/01/2026 | BID-DGII-Ci-CD-01-2024 | US$320,750 + US$120,750”
Richard A. Rosso Muñoz aparece designado como perito y como responsable de la recepción del servicio. La coincidencia concentra en una misma persona funciones de evaluación y recepción; es un aspecto de segregación de controles que merece verificarse, aunque el formulario no consigna que haya ocurrido una irregularidad.
“Perito 1: | Richard A. Rosso Muñoz … Nombre del responsable de la recepción del bien, obra o servicio: | Cargo: | Richard A. Rosso Muñoz | Enc. Departamento de Arquitectura Tecnológica”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona