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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGOS DE CONDICIONES.pdf

Suministro y servicio de instalación de módulos regulador de velocidad turbia no.2 de la Central Aguacate · Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana

Publicado el 7 may de 2026Fechado el 6 may de 20267 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EGEHID-CCC-PEPU-2026-0001

Lo que dice

La solicitud de propuestas del proceso EGEHID-CCC-PEPU-2026-0001, fechada el 7 de mayo de 2026, invita a Voltaii SRL a presentar oferta para el suministro e instalación de módulos del regulador de velocidad de la turbina núm. 2 de la Central Aguacate, mediante excepción por proveedor único. Fija como fecha máxima de entrega el 16 de julio de 2026 y establece pagos de anticipo del 20%, un segundo pago del 15% y un 65% tras la recepción satisfactoria.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de presentación de cinco minutos y hora contradictoria

Documento del 7 may 2026 · hace 5 meses

La ficha limita la presentación física a cinco minutos el día de la convocatoria y consigna horas distintas entre la carta de solicitud (antes de las 3:00 p. m.) y la ficha (hasta las 3:05 p. m.). El reglamento establece al menos tres días hábiles entre convocatoria y recepción para las excepciones, salvo las excepciones expresamente enumeradas, entre las que no figura proveedor único; este documento precisa el intervalo y la discrepancia horaria del plazo ya observado en el proceso.

“Su oferta debe ser presentada antes del jueves 07 mayo 2026 a las 3:0 pm mediante el Sistema Electrónico de Contratación Pública, (SECP- Portal Transaccional) o de forma presencial. … La presentación de la propuesta y cotización en soporte ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones

Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Registro definitivo exigido a extranjeros al presentar oferta

Documento del 7 may 2026 · hace 5 meses

El pliego pide a oferentes extranjeros constancia de registro definitivo, aunque el reglamento permite presentar ofertas con inscripción provisional y exige el registro definitivo antes de suscribir el contrato o formalizar la orden. Esa exigencia adelanta el momento del requisito y podría excluir participantes extranjeros; el proceso, no obstante, está planteado como selección directa por proveedor único.

“Constancia de registro definitivo en el Registro de Proveedor del Estado.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 62 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 62 — Personas extranjeras

Artículo 62.- Personas extranjeras. Las personas jurídicas extranjeras que no tengan domicilio legal fijado en la República Dominicana pueden presentar ofertas con una inscripción provisional en el Registro de Proveedor del Estado. En caso de resultar adjudicadas, deben obtener la inscripción definitiva antes de la suscripción del contrato o la formalización de la orden de compra o de servicio.

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentos

Especificaciones que identifican modelos determinados

Documento del 7 may 2026 · hace 5 meses

Las fichas técnicas nombran MULTICAN 2.1 y GR371 sin prever expresamente alternativas equivalentes. La compatibilidad con los equipos existentes y la avería indicada podrían explicar la especificidad, pero, al tratarse además de una excepción por proveedor único, conviene verificar que los modelos y la exclusividad estén sustentados técnicamente y no restrinjan más de lo necesario la concurrencia.

“Nombre del Material o Equipo: MULTICAN 2.1 … Nombre del Material o Equipo: Microcontrolador programable GR371”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Voltaii SRLLa solicitud de propuesta la identifica como destinataria de la invitación para presentar oferta bajo la modalidad de proveedor único; este documento no consigna el resultado de evaluación ni adjudicación.Mencionado——

Otros documentos del proceso (12)

  • ACTA DE INICIO.pdfActa · 7 may de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE PERITO.pdfInforme pericial · 7 may de 2026 · 1 señal
  • CERTIFICACION DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 7 may de 2026 · 3 señales
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 7 may de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 7 may de 2026
  • SNCC.C.024 contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 7 may de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 7 may de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 7 may de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 7 may de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 7 may de 2026
  • INFORME JUSTIFICATIVO.pdfInforme justificativo · 7 may de 2026 · 2 señales

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Acta Suspensión Monitoreo-05-2026.pdf
Acta · 14 may de 2026 · 1 señal