El informe definitivo, emitido el 5 de mayo de 2026, evalúa las ofertas para acondicionar el terreno del CPN modular en Majagual y recomienda adjudicar a WW Industria y Construcción WWINCO, SRL por RD$7,469,077.88. Registra que ININSE no fue habilitada por documentación legal y financiera pendiente, pero su tabla consolidada también marca a WWINCO como no habilitada por documentación legal no subsanada, en contradicción con la habilitación y la recomendación de adjudicación que aparecen en otras partes del informe.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla consolidada marca a WWINCO como no habilitada por no subsanar documentación legal, pero el informe evalúa su oferta económica y recomienda adjudicarle. Esta inconsistencia afecta directamente la identificación de la oferta habilitada y la recomendación de adjudicación; el portal registra posteriormente un contrato con WWINCO.
“No subsarró docurnentación legal requerida Ver evaluaciórr individual No I Iabilitaclo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El informe indica que WWINCO presentó nuevamente el cronograma y el listado de partidas pendientes de firma y sello, y la habilitó tras esa entrega, aunque el requisito del pliego se identificaba como no subsanable. Aunque se tratara de documentos ya entregados y la corrección fuera formal, corresponde verificar la aplicación uniforme de las reglas de subsanación, pues esa habilitación permitió evaluar su oferta económica.
“Anexó documentos que ya había entregado anteriormente pendiente dc firma y se11o. Ilabilitado”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 22 · Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 22 — Régimen jurídico de la contratación pública
Artículo 22.- Régimen jurídico de la contratación pública. Las contrataciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley se regirán por: 1) La Constitución de la República; 2) Tratados y acuerdos internacionales con referencia a temas de contratación pública; 3) Las disposiciones de la presente ley; 4) Los reglamentos de aplicación de la presente ley y sus reglamentos especiales; 5) Las normas, políticas, decisiones u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el ámbito de su competencia; 6) Los respectivos pliegos de condiciones del procedimiento y sus enmiendas; y 7) El contrato o la orden de compras o de servicios. Párrafo…
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
WW Industria y Construcción WWINCO, SRLEl informe la considera habilitada tras la subsanación, evalúa su oferta económica por RD$7,469,077.88 y recomienda adjudicarle; sin embargo, la tabla consolidada de resultados definitivos la marca como no habilitada por documentación legal no subsanada. El portal registra contrato por RD$7,469,078.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona