El pliego, fechado el 6 de abril de 2026, establece las bases para contratar obras de acondicionamiento del terreno para un CPN modular en Majagual, Cabral, Barahona. Fija un presupuesto base de RD$7,838,584.06, un plazo de ejecución de tres meses y adjudicación por menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos; prevé publicar la convocatoria el 10 de abril y recibir ofertas hasta el 16 de abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para una contratación con presupuesto base de RD$7,838,584.06, el pliego exige experiencia mínima de dos años y la ejecución de 2 a 3 proyectos similares, ejemplificados como hospitales, clínicas o edificaciones institucionales. Conviene verificar que esta delimitación y su proporcionalidad estén sustentadas en la complejidad y el alcance integral de las obras requeridas.
“Experiencia profesional del Personal Principal (SNCC.D.048) Anexo Certificaciones de experiencia, el oferente deberá demostrar experiencia mínima de dos (2) años en ejecución de obras civiles, evidenciaúa mediante certificaciones de obras e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La sección de recepción define una única etapa que incluye apertura y evaluación de ofertas técnicas y económicas. En otras secciones, el pliego dispone que las ofertas económicas se abran después de evaluar la oferta técnica y conocer quiénes fueron habilitados; la contradicción afecta la claridad sobre la confidencialidad y el orden de evaluación.
“Única etapa. Para la presentación y … económicas y la apertura y evaluación … de las ofertas económicas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
El cronograma prevé verificar y evaluar las ofertas técnicas y económicas hasta el 21 de abril, pero permite notificar omisiones subsanables hasta el 7 de mayo y recibir subsanaciones hasta el 13 de mayo. Esta secuencia no concuerda con la evaluación definitiva posterior a la subsanación y puede generar incertidumbre sobre cuándo se determina la habilitación y se evalúa la oferta económica.
“6. Verificación, validación y er,aluación del contenido de las Ofeltas Técnic¿,s "Soble A" realización de debida diligencia y evaluación de las Ofertas Econórnicas "Sobre B Hasta el martes 21 de abril del año 2026 a las 3:00 pm”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 119 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Reglamento 52-26, artículo 119 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 119.- Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y aclaraciones y analizadas las ofertas técnicas, deben emitir el correspondiente informe definitivo de evaluación, que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe es remitido al Comité de Contrataciones Públicas o al responsable del procedimiento para su revisión y aprobación.
El cronograma describe la publicación del aviso únicamente en el SECP y el portal institucional, aunque la Ley 47-25 establece también publicación en periódicos impresos de circulación nacional durante dos días consecutivos. La convocatoria efectiva podría haber incluido esos medios, pero el pliego no los incorpora en la actividad programada.
“1. Publicación clel aviso cle convocatoria en el SECP y en el portal web institucional”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…
El pliego establece una garantía de seriedad del 1% de la oferta y admite póliza de fianza o garantía bancaria sin indicar la excepción aplicable a las MIPYMES. La Ley 47-25 dispone que no se les requiere garantía de seriedad y que a estas solo puede exigírseles garantía mediante fianza de una compañía aseguradora.
“6) Garantía de la Seriedad de la Olerta. Correspondiente a una Póliza de Fianza o Garantía Bancaria corresponcliente al monto de un uno por ciento (1%) del monto total de la oferta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego requiere en una sección la actividad RPE 22190000 y en otra indica 72100000; además, el objeto se identifica como 72101500. La discrepancia puede hacer incierto qué código se verificará y afectar la habilitación de oferentes.
“Registro de Proveedoles cel Estado (RPE), emitido por Ia Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC Ia(s) actividad(es) comercial(es) -Servicios de mantenimiento y reparaciones de co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego prevé retener 5% de cada pago como garantía y para salarios, y luego menciona otra retención de 5% del costo de la obra para personal de supervisión, además de una retención expresada como «el %». La posible acumulación y el método de cálculo no quedan claros, lo que dificulta estimar el flujo de pagos y preparar ofertas comparables.
“El Servicio Nacional de Salud podrá retener un cinco (5'X,) de cada pago, como garantia por los trabajos ejecutados y de los salarios ,le los tlabajadores contratados por el Contratista … El Servicio Nacional de Salud podrá retener un”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El documento afirma que el contrato se perfecciona al publicarse en los portales y registrarse ante la Contraloría, mientras que la Ley 47-25 establece que los contratos se perfeccionan con su formalización. La diferencia puede generar incertidumbre sobre el momento en que nacen los efectos contractuales.
“El contrato se considerar'á perfeccionrdo ul:ravez se publique por el SECP-Portal Transaccional y en el portal institucional del Selvicio Nacional de Salud, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripción y, además, e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona