La Resolución núm. INTRANT-0026-2026, de 2026-04-20, rectifica la adjudicación de la licitación INTRANT-CCC-LPN-2025-0008 y declara desiertos los ítems 3, 5, 9, 12 y 13 tras comunicar varios adjudicatarios y oferentes que no podían suministrarlos. Mantiene adjudicados a Comercial De Las Antillas los ítems 1, 2 y 14 por RD$1,869,258.84; a Offitek los ítems 4 y 11 por RD$386,898.40; a Cecomsa los ítems 6, 7, 8, 15 y 16 por RD$775,440.10; y a Compu-Office Dominicana el ítem 10 por RD$375,504.79.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta declara desiertos cinco ítems después de que adjudicatarios y oferentes consultados comunicaran que no podían suministrarlos; señala escasez en el mercado e incremento de costos. Además, invoca el artículo 94 del Reglamento, relativo a publicidad y cómputo de plazos, mientras que el artículo 136 regula la declaratoria de desierto antes de la adjudicación y enumera sus supuestos; conviene aclarar la base procedimental aplicada tras la adjudicación previa.
“en febrero y abril del año 2026, la razón social COMPU-OFFICE DOMINICANA, S.R.L, adjudicataria de los ítems 9, 12 y 13, a través de mensajes electrónicos dirigidos la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones del INTRANT, expresó”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 136 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 136 — Declaratoria de procedimiento desierto
Artículo 136. Declaratoria de procedimiento desierto. Mediante resolución debidamente motivada, el responsable del procedimiento podrá declararlo desierto tras la finalización del plazo para la presentación de propuestas y antes de la adjudicación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Que no se haya presentado ninguna propuesta. 2. Que ningún oferente haya cumplido los requisitos establecidos en los pliegos de condiciones para ser habilitado a la apertura de la oferta económica. 3. Que todas las ofertas habilitadas superen el monto de apropiación presupuestaria disponible para la contratación en más de un veinticinco por ciento (25 %). 4. Que la menor oferta…
COMERCIAL DE LAS ANTILLAS, S.R.L.Adjudicada para los ítems 1, 2 y 14; figura en primer orden de mérito para el ítem 15 y tercer orden para el 16.
Adjudicado
Ítems 1, 2 y 14
RD$1,869,259
OFFITEK, S.R.L.Adjudicada para los ítems 4 y 11. Consultada para los ítems 9, 12 y 13 tras la declinación de Compu-Office, informó que no podía suministrarlos; figura además en segundo orden de mérito para el ítem 6.
Adjudicado
Ítems 4 y 11
RD$386,898
CECOMSA, S.R.L.Adjudicada para los ítems 6, 7, 8, 15 y 16. El documento consigna que declinó los ítems 3 y 5 por el incremento extraordinario de sus costos; aparece también en el orden de mérito de otros ítems.
Adjudicado
Ítems 6, 7, 8, 15 y 16
RD$775,440
COMPU-OFFICE DOMINICANA, S.R.L.Adjudicada para el ítem 10. El documento consigna que declinó los ítems 9, 12 y 13 por falta de disponibilidad en el mercado y que no podía suministrar los ítems 3 y 5 cuando fue consultada como siguiente oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona