CECOMSA, S.R.L. presentó el 27 de enero de 2026 una solicitud de revisión técnica de la adjudicación del proceso INTRANT-CCC-LPN-2025-0008 a favor de Offitek, S.R.L. Alega incumplimientos en los computadores personales, los equipos de escritorio y los monitores ofertados, y pide verificar nuevamente su conformidad con el pliego; este documento formula alegaciones, no contiene una decisión del Comité sobre la revisión.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
CECOMSA alega que el Dell Pro 16 PC16250 ofertado por Offitek no cumple los requisitos de material del chasis y capacidad de batería. La solicitud aporta documentación del fabricante con PC+ABS y opciones de batería de hasta 3 celdas y 55 Wh, pero no contiene una decisión institucional que confirme el incumplimiento.
“El equipo presentado por Offitek está fabricado en PC+ABS, una aleación termoplástica de ingeniería compuesta por Policarbonato (PC) y Acrilonitrilo Butadieno Estireno (ABS), lo cual no equivale técnicamente ni cumple con el material”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
CECOMSA sostiene que el Dell Pro Slim QCS1250 ofertado por Offitek no permite satisfacer simultáneamente la cantidad de puertos USB y los tres DisplayPort requeridos. La documentación técnica adjunta describe puertos nativos y opciones de expansión, por lo que la configuración concreta ofertada y su compatibilidad requieren verificación; el Comité no decide este punto en el documento.
“El Pliego exige una cantidad específica de puertos USB y tres (3) puertos DisplayPort. El chasis del modelo ofertado no permite cumplir simultáneamente con ambas exigencias.”
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Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
CECOMSA alega que el monitor Dell E2425HM adjudicado a Offitek solo permite inclinación y no rotación vertical-horizontal, requisito que atribuye a la ficha técnica. El material del fabricante adjunto distingue el E2425HM del modelo con base ajustable E2425HSM; la solicitud no incluye una decisión que determine si la oferta incumplió el requisito.
“No obstante, el modelo E2425HM ofertado por Offitek no incluye la opción de rotación vertical-horizontal, limitándose únicamente a ajustes básicos de inclinación, lo cual no satisface el requerimiento técnico exigido por el cliente.”
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Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Oferentes que registra (2)
1 mencionado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CECOMSA, S.R.L.Solicitante de la revisión técnica de la adjudicación.
Mencionado
—
—
Offitek, S.R.L.La solicitud identifica a Offitek como adjudicataria de los ítems cuestionados; CECOMSA alega incumplimientos técnicos, sin que este documento decida la revisión.
Adjudicado
Computadores personales, computadores de escritorio y monitores
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona