La Resolución MIVHED/CCP/2026/064, de 2026-04-30, cancela el procedimiento de excepción por exclusividad MIVHED-CCC-PEEX-2026-0001, estimado en RD$141,911,439.78, debido a que el proceso estaba configurado en pesos dominicanos mientras la certificación de apropiación presupuestaria reflejaba dólares estadounidenses. La resolución ordena corregir la configuración y publicar nuevamente el proceso; consigna una ejecución presupuestaria estimada para 2026 de RD$47,303,813.26.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución cancela el proceso y ordena corregirlo y publicarlo nuevamente. Según los datos del portal aportados, el proceso MIVHED-CCC-PEEX-2026-0002, con el mismo objeto y monto estimado, fue convocado al día siguiente y figura adjudicado y celebrado; conviene verificar la corrección aplicada y las condiciones de competencia de esa nueva convocatoria.
“TERCERO: ORDENA el inicio de los trámites administrativos, a los fines de realizar las correcciones correspondientes al proceso y publicarlo nuevamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Pública (SECP), Portal de Transparencia Inst” (pág. 10, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El Comité consigna que el procedimiento se registró en DOP, pero el certificado generado por el sistema reflejó USD, y afirma que esto podía afectar el registro y control del contrato. La resolución cancela el proceso para regularizarlo; es un incidente concreto que afecta la consistencia y trazabilidad financiera, aunque el documento no indica que haya producido pagos o una adjudicación.
“el proceso fue registrado y cargado en pesos dominicanos (DOP); no obstante, el certificado de apropiación presupuestaria emitido por el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) consigna el monto en dólares estadounidenses (USD” (pág. 8, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · Ley 47-25, art. 179 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona