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Pliego

Pliego de Condiciones.pdf

Contratación para la renovación de licencias de Microsoft 365 para uso del MIVHED, por un período de tres (3) años · Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones

Publicado el 28 abr de 202647 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIVHED-CCC-PEEX-2026-0001

Lo que dice

El pliego de abril de 2026 establece las condiciones para contratar, mediante excepción por exclusividad, la renovación por tres años de licencias Microsoft 365, con un valor referencial de RD$141,911,439.78 y una convocatoria fechada el 28 de abril de 2026. El portal registra el proceso como cancelado; el pliego no contiene el acto de cancelación.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

La oferta económica queda expuesta junto con la oferta técnica

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego indica que el SECP recibe un único sobre para las ofertas técnicas y económicas y que la oferta económica queda expuesta al abrirlo. Aunque declara que solo se revisará tras habilitar al oferente, esa exposición debilita la separación y confidencialidad de las ofertas económicas antes de concluir la evaluación técnica.

“En vista de que actualmente el SECP, para los procedimientos de excepción se encuentra parametrizado para recibir un (1) solo sobre que, a su vez, debe contener tanto la oferta técnica como la económica... pese a que también queda expuesta ” (pág. 14, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas

Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.

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Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

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A revisarHallazgo en documentos

El requisito fiscal no recoge la excepción de participación para MIPYMES

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego exige que todos los oferentes estén al día con DGII y TSS. La Ley permite participar a las MIPYMES con incumplimientos fiscales o de seguridad social que no superen seis meses, así que aplicar literalmente esta condición sin considerar esa excepción podría excluirlas.

“Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), no tiene que ser depositado, será verificado en línea por la institución. 4. Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad” (pág. 15, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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A revisarHallazgo en documentos

La experiencia requerida puede reducir el grupo de proveedores habilitados

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

Además de exigir autorización de Microsoft, el pliego requiere al menos tres años de experiencia en República Dominicana y evidencia de dos contratos u órdenes con recepción conforme. En un proceso de exclusividad limitado a canales autorizados, esta exigencia adicional puede reducir la participación; corresponde verificar su proporcionalidad respecto del objeto y de la capacidad que ya acredita la autorización.

“El oferente deberá tener al menos 3 años de experiencia comprobable en la venta, distribución e implementación de productos Microsoft en el sector público o privado dentro de la República Dominicana. Para lo cual debe presentar evidencia de” (pág. 24, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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El esquema de pagos no contempla el anticipo obligatorio para MIPYMES

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego fija pagos posteriores a la recepción, distribuidos en 33%, 33% y 34%, sin prever anticipo. Si resulta adjudicada una MIPYME, la ley establece un anticipo del 30% con la suscripción del contrato u orden correspondiente; la regla del pliego merece revisión para asegurar que no se aplique en perjuicio de ese derecho.

“Los pagos serán realizados posterior a la recepción satisfactoria de las licencias...” (pág. 35, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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A revisarHallazgo en documentos

La participación con accionistas coincidentes se limita a una empresa

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que compartan accionistas, incluso si son personas jurídicas distintas. La Ley prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona en el procedimiento, pero la extensión explícita a cualquier coincidencia entre accionistas puede excluir competidores separados jurídicamente y merece revisión por su efecto sobre la concurrencia.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 44, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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La garantía de seriedad se exige sin exceptuar a las MIPYMES

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego exige a los oferentes una garantía de seriedad equivalente al 1% de la oferta y no incluye la excepción para MIPYMES. La ley establece que a estas no se les requiere esa garantía, por lo que la condición puede imponerles un costo y una barrera de participación no previstos para ellas.

“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta... por un monto equivalente a uno por ciento (1%) del monto de la oferta a presentar.” (pág. 19, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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ContextoHallazgo en documentos

Una sección denomina licitación pública al procedimiento de exclusividad

Documento del 28 abr 2026 · hace 6 meses

El pliego identifica el proceso como excepción por exclusividad en su portada y en otras secciones, pero en la recepción de ofertas lo llama “Licitación Pública Nacional”. Aunque parece una inconsistencia interna, la modalidad determina las reglas aplicables y la diferencia puede generar incertidumbre sobre el procedimiento convocado.

“De conformidad con el artículo 105 y 113 de la Ley Núm. 47-25 este procedimiento Licitación Pública Nacional referente a la "Contratación para la renovación de licencias de Microsoft 365 para uso del MIVHED, por un período de tres (3) años"” (pág. 26, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 155 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

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Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Otros documentos del proceso (10)

  • Convocatoria.pdfDocumento · 28 abr de 2026
  • Resolución de Inicio.pdfResolución · 28 abr de 2026 · 3 señales
  • Solicitud de Compra o Contratación .pdfSolicitud de compra · 28 abr de 2026 · 1 señal
  • Informe Justificativos.pdfInforme justificativo · 28 abr de 2026 · 2 señales
  • Informe Pericial.pdfInforme justificativo · 28 abr de 2026
  • Infome OGTIC.pdfDocumento · 28 abr de 2026
  • 3. Formularios Editables.zipDocumento · 28 abr de 2026
  • Carta Representan.pdfDocumento · 28 abr de 2026
  • Resolución de Cancelación.pdfResolución · 1 may de 2026 · 2 señales
  • Resolución de Cancelación.pdfResolución · 1 may de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 155 — Tipo de selección

Artículo 155.- Tipo de selección. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 deben realizarse por selección competitiva o por selección directa, según las condiciones y reglas previstas en este reglamento.

Texto oficial completo

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