El pliego establece una Licitación Pública Nacional para adquirir gasolina y gasoil, con valor referencial de RD$18,236,700.00: RD$11,700,000.00 para el Lote I y RD$6,536,700.00 para el Lote II. Fija la convocatoria para el 30 de abril de 2026 y la recepción de ofertas para el 16 de junio de 2026; la adjudicación se prevé por lote, con criterio de menor precio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego solicita certificados de no antecedentes penales para el representante legal y/o socios y/o accionistas, sin acotar la exigencia a las inhabilidades y delitos previstos en la ley ni indicar límites temporales. La amplitud de la documentación requerida merece revisión por su posible efecto restrictivo sobre la participación.
“Certificación de no antecedentes penales para el representante legal y/o los socios y/o los accionistas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Aunque los lotes se evalúan y adjudican separadamente, el pliego impide que un mismo oferente obtenga más de uno; si queda primero en ambos, uno se asignaría al siguiente en prelación. La regla podría restringir la adjudicación a la oferta más conveniente en cada lote, aunque el pliego señala que busca fomentar mayor participación.
“La adjudicación se realizará de manera independiente por cada lote, aun cuando un oferente pueda participar en uno o en ambos lotes. No obstante, se deja expresamente establecido que a un mismo oferente solo podrá adjudicársele un (1) lote ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
DK Petroleum, S.R.L.Según el acta de adjudicación aportada en el contexto, se le adjudicó el Lote II.
Adjudicado
Lote II
RD$6,536,700
Totalenergies Marketing Dominicana, S.A.Según el acta de adjudicación aportada en el contexto, no cumplió los indicadores financieros mínimos de solvencia, liquidez y nivel de endeudamiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona