La Circular No. 001, fechada el 27 de abril de 2026, responde consultas sobre la conexión de la SAN, los protocolos, la capacidad y los modelos de referencia admitidos. Aclara que no se exigirán tarjetas HBA Fibre Channel y que se aceptan alternativas con iSCSI a 25 GbE, redundancia activa/activa y MPIO; también permite implementar protocolos NAS mediante servicios complementarios y exige 70 TB utilizables sin depender de compresión o deduplicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se deja de exigir que la cabina SAN soporte nativamente los protocolos; la verificación de esa capacidad se traslada a componentes complementarios de la arquitectura..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular admite otros modelos o marcas, pero condiciona su aceptación a que cumplan «de manera sustancial» y tengan desempeño igual o superior, sin definir aquí parámetros de medición. Conviene verificar que el pliego o sus criterios publicados permitan comparar esa equivalencia de forma objetiva.
“podrán presentar propuestas basadas en otros modelos o marcas, siempre que las mismas cumplan de manera sustancial con las especificaciones técnicas requeridas y garanticen un desempeño igual o superior al solicitado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Conectividad de servidores a SANInterfaz y redundancia de conexión
El requerimiento contemplaba tarjetas HBA Fibre Channel aunque la conexión especificada era Ethernet/iSCSI a 25 Gbps.
No se requieren HBA Fibre Channel; se acepta iSCSI a 25 GbE con cuatro puertos ópticos, controladoras activo/activo y MPIO o tecnología equivalente.
Aclara
Especificaciones técnicasModelos de referencia y equivalencia
La consulta señala que las especificaciones estaban orientadas al modelo Dell PowerStore 500T y pregunta si se admite un segundo modelo de referencia.
Se aceptan otros modelos o marcas si cumplen sustancialmente las especificaciones y garantizan desempeño igual o superior; también se permite presentar especificaciones del segundo modelo de referencia.
Relaja
Protocolos NAS y transferencia de archivosSoporte nativo o mediante componentes complementarios
Los protocolos NAS NFS, SMB, FTP y SFTP aparecían como requerimientos funcionales asociados a la solución de almacenamiento.
Se permite satisfacerlos mediante servicios de archivos o gateways NAS complementarios; FTP y SFTP también pueden implementarse en la capa de aplicación.
RelajaQuita un control: Se deja de exigir que la cabina SAN soporte nativamente los protocolos; la verificación de esa capacidad se traslada a componentes complementarios de la arquitectura.
Capacidad de almacenamientoCapacidad útil mínima
Se requerían 70 TB de capacidad efectiva instalada, sin precisar en la circular si podían computarse mecanismos de reducción de datos.
Los 70 TB deben ser capacidad útil real, totalmente utilizable sin depender de compresión o deduplicación; esas funciones pueden usarse de forma opcional.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona