El Acta No. 0001-26, fechada el 24 de abril de 2026, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica los 34 ítems de utilería deportiva a cuatro oferentes por un total de RD$14,071,025.00. El acta registra que cuatro de los ocho oferentes evaluados quedaron habilitados y cita la Ley 47-25 y el Decreto 52-26 como marco aplicable, aunque la convocatoria del proceso fue publicada el 28 de enero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La convocatoria fue el 28/01/2026, antes de la fecha de entrada en vigor indicada para la nueva ley (29/01/2026). Sin embargo, el acta afirma que la institución debía acogerse a la Ley 47-25 y al Decreto 52-26; conviene verificar el fundamento normativo de la adjudicación bajo el régimen vigente al convocarse.
“El Lic. Carlos Meliton Herrera Henríquez, actuando en calidad de representante del Presidente del Comité de Contrataciones Publicas del Instituto Nacional de Educación Física (INEFI), informó que la institución tiene que acogerse a las disp”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 77 · Ley 340-06, art. 9 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 77
ART. 77. Los procesos contractuales iniciados antes de la vigencia de esta ley, así como la celebración y ejecución de los contratos consiguientes, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.
ART. 9. Las compras y contrataciones públicas se regirán por las disposiciones de esta ley y su reglamentación, por las normas que se dicten en el marco de las mismas, así como por los pliegos de condiciones respectivos y por el contrato o la orden de compra o servicios según corresponda. PÁRRAFO I. En los casos de controversia se aplicarán para su resolución el orden de preferencia establecido en este artículo. PÁRRAFO II. Son fuentes supletorias de esta ley las normas del derecho público y, en ausencia de éstas, las normas del derecho privado.
El acta adjudica a El Molino Deportivo RD$5,609,245, mientras que el registro de contratos del portal consigna RD$5,609,233, una diferencia de RD$12. El portal puede reflejar una actualización o un dato pendiente de conciliación; conviene verificar el contrato suscrito y su publicación.
“EL MOLINO DEPORTIVO, S.R.L., RNC, RPE: 298, para los Items 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13 Y 25, por un monto de CINCO MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS CON 00/100 (RD$5,609,245.00)”
Al multiplicar cantidades por precios unitarios, hay diferencias en varios renglones: YDAPP, ítem 12, arroja RD$2,206,000 y no RD$2,206,600; Evel, ítem 1, arroja RD$395,000 y no RD$395,300, e ítem 14, RD$806,400 y no RD$806,420. Además, los importes publicados de los tres renglones de Evel suman RD$2,043,060, RD$700 menos que su total adjudicado; El Molino, ítem 25, arroja RD$216,000 a RD$540 por 400 unidades, frente a RD$180,000 consignados. Podrían ser errores de transcripción, pero las cifras requieren conciliación con el informe económico y los documentos contractuales.
“12 | UD | 1000 | RD$2,206.00 | RD$2,206,600.00 … TOTAL GENERAL | RD$3,174,200.00 … 1 | TABLERO DE AJEDREZ 20'' EN VINYL ROLL-UP | UD | 500 | RD$790.00 | RD$395,300.00 … 14 | PELOTA DE BEISBOL | UD | 1800 | RD$448.00 | RD$806,420.00 … TOTAL ”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 129 · con ChatLeyes
Artículo 129. Correcciones aritméticas. La corrección de errores aritméticos será aplicada por los peritos y se hará de la siguiente manera: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras. Párrafo I. En caso de que no se indique si el precio ofertado incluye ITBIS, se solicitará aclaración del…
Grupo Remi, S.R.L.La tabla de resultados definitivos registra NO CUMPLE para los ítems ofertados; no precisa aquí la causa concreta.
No habilitado
Ítems 3, 4, 10, 14 y 26
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Allknit Textiles, S.R.L.La tabla de resultados definitivos registra NO CUMPLE para los ítems ofertados; no precisa aquí la causa concreta.
No habilitado
Ítems 3, 7, 8, 12, 14 y 20
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Distribuidora Bethesda, S.R.L.La tabla de resultados definitivos registra NO CUMPLE. En la revisión preliminar el acta consigna vencida la certificación de obligaciones ante la TSS.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona