La solicitud de compra núm. 0001 del proceso INEFI-CCC-LPN-2026-0001 requiere 34 artículos de utilería deportiva, exclusivamente para MIPYMES, bajo modalidad de orden abierta, con un total estimado de RD$14,832,439.00. El plan de entrega indica una cantidad requerida de 1 en una dirección y fecha de necesidad «INMEDIATA»; el documento no muestra fecha de emisión ni número de acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud estima el bate de béisbol de 33 pulgadas en RD$11,645 por unidad, frente a una mediana de referencia de RD$4,377.80 y un rango central que llega a RD$7,585 para ítems comparables de otros procesos. La diferencia amerita verificar el estudio de mercado y la comparabilidad de especificaciones; la referencia es estimada y podría no reflejar el mismo material o calidad.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
La solicitud identifica el juego de bases de béisbol con el código 49161518, mientras que el portal registra el ítem con el código 49161502. Conviene verificar cuál clasificación se utilizó en el expediente y en la difusión, pues el catálogo sirve para identificar los bienes y puede afectar su búsqueda y categorización por proveedores.
“15 | | 2.3.9.4.01 | JUEGO DE BASES DE BASEBALL AMATEUR PVC COVER 15''X15''X3'' | UD | 40 | 4,500.00 | 180,000.03”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 84 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 84 — Del Catálogo de Bienes y Servicios
Artículo 84. Del Catálogo de Bienes y Servicios. Es el instrumento dentro del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) que presenta los códigos homologados del Clasificador Estándar de Productos y Servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC). Este catálogo es utilizado por las instituciones sujetas a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, así como por los proveedores, para identificar los bienes y servicios que pueden ser adquiridos o contratados por el Estado dominicano.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona