Publicado el 22 abr de 2026Fechado el 30 mar de 20269 páginasEn el mensaje «La lista de oferentes del proceso EGEHID-CCC-CP-2025-0036 publicada por Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana»
En la Reunión Ordinaria No. 019, celebrada el 31 de marzo de 2026, el Comité de Compras y Contrataciones de EGEHID aprobó el informe económico y adjudicó el proceso EGEHID-CCC-CP-2025-0036 a Constructora Aguilera Quezada, SRL, por RD$167,338,276.11 y 83.95 puntos. El acta registra que la empresa fue habilitada tras una reevaluación de su oferta técnica; también consigna la descalificación del Consorcio PV Solutions Asfalto Fabre Santos por considerarse su oferta temeraria o no sustentable.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (1)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$167.3 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: CONSTRUCTORA AGUILERA QUEZADA, SRL.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
2 habilitado · 1 habilitado por vía extraordinaria · 1 descalificado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CONSTRUCTORA MIGOSPE, SRLHabilitado; cumplió los aspectos legales, financieros y técnicos. Oferta económica registrada: RD$167,005,408.97.
Habilitado
Procedimiento completo
RD$167,005,409
CONSTRUCTORA AGUILERA QUEZADA, SRLInicialmente no habilitada por registro mercantil vencido e incumplimiento de índices financieros; fue reevaluada, habilitada para abrir su oferta económica con 77.50 puntos y adjudicada con 83.95 puntos. Monto adjudicado: RD$167,338,276.11.
Habilitado por vía extraordinaria
Procedimiento completo
RD$167,338,276
CONSORCIO PV SOLUTIONS ASFALTO FABRE SANTOSEl acta consigna que obtuvo la mayor puntuación combinada, 91.74, pero fue descalificado por considerarse su oferta económica temeraria o no sustentable, al estar por debajo del umbral del 10% respecto del presupuesto.
Descalificado
Procedimiento completo
RD$165,743,281
MARMOVIN, SRLNo cumplió los índices financieros requeridos y no pasó a la evaluación técnica ni económica.
No habilitado
Procedimiento completo
—
CONSTRUCTORA YUNES, SRLHabilitado; cumplió los aspectos legales, financieros y técnicos. Oferta económica registrada: RD$167,279,772.76.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona