El acta de la Reunión Ordinaria No. 019, celebrada el 31 de marzo de 2026, aprobó la evaluación económica y adjudicó el procedimiento EGEHID-CCC-CP-2025-0036 a Constructora Aguilera Quezada, SRL, por RD$167,338,276.11 y 83.95 puntos. El Consorcio PV Solutions Asfalto Fabre Santos obtuvo 91.74 puntos, pero fue descalificado por considerar temeraria su oferta, de RD$165,743,280.61, por estar más de 10% por debajo del presupuesto estimado de RD$185,864,790.09.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Constructora Aguilera Quezada fue inicialmente no habilitada por registro mercantil vencido e índices financieros, luego habilitada tras reconsideración y reevaluación, y finalmente adjudicada. El resultado hace pertinente revisar la trazabilidad de esa reevaluación y la aplicación uniforme de los criterios; el acta le asigna 83.95 puntos combinados.
“CONSIDERANDO: Que fecha el trece (13) de marzo del año dos mil veintiséis (2026), la Comisión de peritos realizaron la reevaluación de la oferta técnica del oferente CONSTRUCTORA AGUILERA QUEZADA, SRL, la cual resultó HABILITADO para la”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta consigna que la oferta de menor precio y mayor puntuación combinada (91.74) fue descalificada por estar más de 10% por debajo del presupuesto; con el monto estimado informado, la oferta equivale aproximadamente a 10.83% menos. El artículo 130 del Reglamento exige solicitar al oferente una explicación económica y que los peritos la analicen antes de decidir; conviene contrastar esa secuencia con el expediente de evaluación.
“El oferente CONSORCIO PV SOLUTIONS ASFALTO FABRE SANTOS, quien obtuvo la mayor puntuación en la evaluación técnica, fue descalificado debido a que su oferta económica se encuentra por debajo del diez por ciento (10%) del monto presupuestado”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
El acta está fechada el 31 de marzo de 2026, mientras que el cronograma del portal indicaba adjudicación estimada para el 24 de marzo. Es una diferencia de siete días respecto de una fecha estimada, no por sí sola evidencia de incumplimiento de un plazo legal; sirve como dato de seguimiento del cronograma.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, mediante Reunión Ordinaria No. diecinueve (019) celebrada el treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veintiséis (2026), siendo las once hora”
Constructora Migospe, SRLHabilitada para evaluación económica; el acta registra una oferta económica de RD$167,005,408.97.
Habilitado
Procedimiento completo
RD$167,005,409
Constructora Aguilera Quezada, SRLInicialmente no habilitada por registro mercantil vencido e incumplimiento de índices financieros; tras recurso de reconsideración y reevaluación obtuvo 77.50 puntos técnicos, fue habilitada para abrir su oferta económica y resultó adjudicada con 83.95 puntos combinados.
Adjudicado
Procedimiento completo
RD$167,338,276
Consorcio PV Solutions Asfalto Fabre SantosAunque obtuvo la mayor puntuación combinada (91.74), fue descalificado porque su oferta se consideró temeraria o no sustentable al estar más de 10% por debajo del monto presupuestado.
Descalificado
Procedimiento completo
RD$165,743,281
Marmovin, SRLNo cumplió los índices financieros requeridos y no pasó a la evaluación técnica ni económica.
No habilitado
Procedimiento completo
—
Constructora Yunes, SRLHabilitada para evaluación económica; el acta registra una oferta económica de RD$167,279,772.76.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona