El Acta núm. 006/2026, fechada el 17 de abril de 2026, declara adjudicataria a Heres Herrera Espinal Ingeniería, SRL, en el proceso AMM-CCC-CP-2026-0002, por RD$14,000,000. Registra que su oferta fue de RD$15,680,780.88 y que Espinal Group fue descalificada por un supuesto conflicto de intereses; Oscar Bladimir Gómez Disla quedó no habilitado por no subsanar, entre otros aspectos, su certificación MIPYME vencida. El monto adjudicado no coincide con el de la oferta que el acta identifica como adjudicataria; además, el portal registra un contrato por RD$15,620,781.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta atribuye a Espinal Group un conflicto de intereses, pero fundamenta la descalificación en el artículo 38, incisos f y g, que regulan, respectivamente, obligaciones tributarias o de seguridad social pendientes y ciertos acuerdos de responsabilidad en el contexto de acusaciones penales. La correspondencia entre el motivo de exclusión consignado y los hechos que sustentarían esos incisos merece revisión porque la decisión excluye a un oferente del proceso.
“Espinal Group SRL, NO CUMPLE: al analizar la documentación presentada, ya que se presenta conflicto de intereses, lo que se fundamenta en el artículo 38 incisos: f y g, de la Ley 47-25, la misma NO CUMPLE, con las especificaciones estableci”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Oscar Bladimir Gómez DislaEl acta indica que no subsanó dentro del plazo establecido y que su certificación MIPYME estaba vencida; también menciona que debía actualizar la declaración jurada respecto de la Ley 47-25.
No habilitado
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Heres Herrera Espinal Ingeniería, SRLEl acta la declara adjudicataria por RD$14,000,000, aunque identifica su oferta económica por RD$15,680,780.88. El portal registra un contrato por RD$15,620,781.
Adjudicado
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RD$14,000,000
Espinal Group SRLEl acta consigna un supuesto conflicto de intereses y cita el artículo 38, incisos f y g, de la Ley 47-25 como fundamento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona