El Comité del Ministerio de Educación aprobó el informe consolidado y adjudicó los lotes 1–9, 11 y 12 a nueve oferentes, por los montos consignados en el acta. Declaró desierto el lote 10 porque ningún participante cumplió los requisitos para habilitarse a la evaluación económica. El acta núm. 158/2025 está fechada el 16 de abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla de habilitados para la apertura económica consigna a Universal de Cómputos para los lotes 2 y 3, pero la resolución lo adjudica en el lote 6. Aunque otra tabla del acta contiene una relación más amplia de lotes para esa empresa, la contradicción entre la habilitación consignada para la apertura y la adjudicación requiere verificar el informe definitivo y la oferta económica habilitada para el lote 6.
“16 | UNIVERSAL DE COMPUTOS, S.R.L. | [RNC] | 764 | LOTES 2,3 … por un monto total de DOSCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS DOCE PESOS DOMINICANOS CON 18/100 (RD$222,324,512.18) para el lote 6”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El portal registra contratos para ocho adjudicatarios por montos superiores a los adjudicados en el acta; por ejemplo, para Toro Business Catalyst registra RD$215,096,722 frente a RD$214,888,460.10 y para Tenedora Gaboc RD$422,927,307 frente a RD$422,524,218.56. Las diferencias coinciden aproximadamente con ajustes de ITBIS que el propio informe señala, por lo que debe cotejarse el contrato firmado y su cálculo final; el portal registra los contratos el 16 de abril de 2026. El portal no muestra en la relación aportada un contrato para Universal de Cómputos, también adjudicatario.
“- El Oferente TORO BUSINESS CATALYST, S.R.L. presenta una diferencia por valor de RD$208,262.34 debido a que considero el ITBIS para el Ítem 18 Pizarra blanca, este bien está exento de retención según articulo núm. 343 de la Ley 253-12. - E”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 171 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 171 — Documentos que se integran al contrato
Artículo 171. Documentos que se integran al contrato. Formarán parte del contrato o de la orden de compra o servicio, el pliego de condiciones y sus anexos, la oferta técnica y económica y el cronograma de entrega adjudicados.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Dipuglia PC Outlet Store, S.R.L.Habilitado para los lotes 2, 11 y 12; el informe señala que solicitó retirar su propuesta económica por aumento de costos.
Inversiones Iparra del Caribe, S.R.L.Ofertó una unidad de seis toneladas en vez de dos unidades de 36,000 BTU y ofreció un año de garantía en vez de tres.
No habilitado
Lote 12
—
Bementras, S.R.L.La experiencia presentada correspondía a otra empresa y no se acreditó autorización previa y expresa del Ministerio de Educación para su uso.
No habilitado
Lotes 11 y 12
—
Offitek, S.R.L.No cumplió especificaciones sobre candados, mesas para participantes y soporte para CPU.
No habilitado
Lotes 2, 3, 11 y 12
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Supligensa, S.R.L.No cumplió especificaciones de jaula para batería, mesa, silla de participante y escritorio para maestro.
No habilitado
Lotes 2 y 3
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El Edén Import, S.R.L.Las imágenes y catálogos no correspondían a varios bienes o no mostraban las características requeridas.
No habilitado
Lote 10
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Inversiones Globama, S.R.L.No cumplió garantías, capacidades de equipos de aire acondicionado y especificaciones de sillas y otros bienes.
No habilitado
Lotes 4, 5, 6, 7, 8 y 9
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Grey Matter Technologies, S.R.L.Ofertó baterías que no correspondían a la descripción requerida y no presentó certificados de garantía ni de distribuidor autorizado.
No habilitado
Lotes 11 y 12
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Simbel, S.R.L.No acreditó numerosas especificaciones técnicas, dimensiones, garantías y características de los productos requeridos.
No habilitado
Lote 10
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Serd-Net, S.R.L.No presentó ni subsanó documentación legal, garantías, certificaciones fiscales y de seguridad social, línea de crédito y documentación técnica.
No habilitado
Lotes 1, 2 y 3
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TCO Networking, S.R.L.Presentó descripciones contradictorias, catálogos incompletos y bienes que no cumplían las especificaciones técnicas.