Dos montos estimados distintos en la misma acta
· hace 5 meses
Los considerandos fijan el estimado en RD$5,317,221.00, mientras que la resolución aprueba el procedimiento por RD$3,648,685.00. El portal registra RD$5,317,221.00, y ambos montos están dentro del rango de contratación simplificada para servicios en 2026; por ello, la diferencia no cambia por sí sola la modalidad, pero requiere verificar cuál cifra respalda la aprobación, el presupuesto y el alcance.
“Que el monto estimado de la contratación asciende a la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN PESOS DOMINICANOS CON OO/100 (RD$5,317,221.OO), … por un monto estimado de TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCH”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 25 · Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.
Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto
Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.