El Acto Administrativo núm. 08/2026, fechado el 13 de abril de 2026, aprueba iniciar la excepción para arrendar locales comerciales y ordena publicar el acto. Identifica once oferentes y sus inmuebles, por un monto total de RD$13,528,870.88, incluidos impuestos, igual a la apropiación presupuestaria citada.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto aprueba en un mismo procedimiento el alquiler de once inmuebles descritos en ubicaciones distintas. Como el Reglamento dispone que cada contrato de esta excepción se limite al arrendamiento de un inmueble, conviene verificar si se formalizaron contratos separados por inmueble o si el alcance contractual quedó agrupado.
“para los alquileres de locales comerciales en Sabana de la Mar, Bani, Los Frailes, Boca Chica, Azua, Independencia, San Cristobal, El Carril de Haina, Pedro Brand, Santiago y el Parqueo de la Sede Principal.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
El portal registra publicación, cierre y apertura el 15/04/2026. El acto aprueba el uso de la excepción para arrendamientos; el Reglamento establece al menos tres días hábiles entre convocatoria y recepción de ofertas para estas excepciones, salvo las excepciones expresamente indicadas. La secuencia requiere revisión, aunque el acto por sí solo no contiene ese cronograma.
“PRIMERA RESOLUCIÓN: APROBAR el uso de la excepción antes citada, del procedimiento PROMIPYME-CCC-PEPU-2026-0002, para la contratación de:”
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Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Oferentes que registra (11)
11 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Juan Ricardo Cordero AlcantaraIdentificado como oferente/proponente para el alquiler del local de la Avenida 27 de Febrero núm. 506.
Mencionado
Local comercial, Avenida 27 de Febrero núm. 506
—
Jesus Moises Pimentel SantosIdentificado como oferente/proponente para el alquiler del local de la Calle Diego de Lira núm. 89, Sabana de la Mar.
Mencionado
Local comercial, Sabana de la Mar
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Fabio Enmanuel Garcia MolinaIdentificado como oferente/proponente para el alquiler del local de la Avenida Fabio F. Herrera núm. 9, Baní.
Mencionado
Local comercial, Baní
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Plaza Las Rocio, SRLIdentificada como oferente/proponente para el alquiler del local de la Avenida Las Américas, sector Los Frailes.
Mencionado
Local comercial, Los Frailes
—
Stefano CapitanelliIdentificado como oferente/proponente para el alquiler del local de la Calle Juanito García, Boca Chica.
Local comercial, proyecto residencial José Contreras, II etapa
—
Bernardo Alvarez ReyesIdentificado como oferente/proponente para el alquiler del local de la Calle Modesto Díaz, esquina Avenida Constitución, San Cristóbal.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona