La enmienda, fechada el 8 de abril de 2026, modifica el cronograma de constitución de la garantía de fiel cumplimiento, la vigencia de la garantía de seriedad, el criterio de desempate y las condiciones de entrega. También incorpora el anticipo del 30% para MIPYMES y anuncia respuestas a las inquietudes; mantiene sin cambios las demás cláusulas del pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La garantía puede quedar exigible después de la fecha prevista para firmar el contrato, debilitando el control de exigirla antes de formalizarlo; el nuevo plazo también excede los cinco días hábiles previstos en el Reglamento 52-26.; Se elimina un plazo verificable para atender pedidos y la especificación de capacidad y ubicación del tanque; quedan debilitados los controles de oportunidad y capacidad de recepción..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda fija el 22 de mayo para constituir la garantía, pero conserva la suscripción contractual para el 18 de mayo; además, entre la notificación del 14 de mayo y el nuevo vencimiento transcurren seis días hábiles. El Reglamento 52-26 prevé cinco días hábiles para presentar la garantía y dispone que sin ella no puede suscribirse el contrato.
“3. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato 22 de mayo del 2026 a las 02:00 pm … 4. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra 18 de mayo del 2026 a las 02:00 pm”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 206 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 206 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 206.- Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario debe constituir y presentar ante la institución contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. En el caso de licitaciones internacionales o de adjudicatarios extranjeros, el plazo es de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no se formaliza la garantía correspondiente, no puede generarse la orden de compra ni suscribirse el contrato, y la institución contratante puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
El documento indica que la garantía termina veinte días después de la fecha prevista para la firma, pero fija su vencimiento el 16 de julio; en el mismo documento la firma está programada para el 18 de mayo, veinte días después de la cual sería el 7 de junio. La diferencia merece aclaración porque afecta la duración de la cobertura exigida a los oferentes.
“4. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra 18 de mayo del 2026 a las 02:00 pm … Con una vigencia de fecha de apertura de ofertas técnicas desde el 21/04/2026 hasta el 16/07/2026, veinte (20) días, después de la fecha”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 162 · Reglamento 52-26, art. 203 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 162 — Garantías
Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.
Reglamento 52-26, artículo 203 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 203.- Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta es establecida por el pliego de condiciones. Debe iniciar a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Cronograma, garantía de fiel cumplimientoPlazo para constituir la garantía respecto de la firma del contrato
La garantía debía constituirse el 15/05/2026 a las 03:00 p. m.; la firma del contrato estaba prevista para el 18/05/2026.
El plazo para constituir la garantía se traslada al 22/05/2026 a las 02:00 p. m.; la firma sigue prevista para el 18/05/2026.
RelajaQuita un control: La garantía puede quedar exigible después de la fecha prevista para firmar el contrato, debilitando el control de exigirla antes de formalizarlo; el nuevo plazo también excede los cinco días hábiles previstos en el Reglamento 52-26.
Garantía de seriedad de la ofertaVigencia y fechas de cobertura
La cobertura indicada era del 20/04/2026 al 24/06/2026.
La cobertura indicada pasa del 21/04/2026 al 16/07/2026, aunque el texto mantiene que termina veinte días después de la fecha prevista para suscribir el contrato.
Endurece
Criterio de desempatePreferencias para resolver empates
Se prefería la oferta con mayor beneficio en localidad y disponibilidad de entrega; de no aplicarse, se recurría a un sorteo público.
Se remite a las preferencias del artículo 117 del Reglamento 52-26: contratación de personas con discapacidad, plan ambiental empresarial o subcontratación de MIPYMES y otros sectores priorizados.
Neutral
Plazos y condiciones de entregaEntrega de tickets y combustible a granel
Los tickets se entregarían mensualmente a requerimiento; el gasoil, también mensualmente, con entrega inmediata y a más tardar en dos días hábiles. Se indicaba un tanque superficial de 1,800 galones.
Para los tickets se indica entrega una vez formalizado el contrato; para el gasoil, inicio tras formalizarlo y entregas mensuales a pedido. Se omiten el plazo máximo de dos días hábiles y la especificación del tanque.
RelajaQuita un control: Se elimina un plazo verificable para atender pedidos y la especificación de capacidad y ubicación del tanque; quedan debilitados los controles de oportunidad y capacidad de recepción.
Anticipo a MIPYMESIncorporación del anticipo contractual
El pliego omitía el anticipo.
Se establece un anticipo del 30% con la suscripción del contrato, orden de compra o servicio para MIPYMES.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona