El Acta núm. CCC-023-2026, de 2026-04-07, aprueba la Enmienda 3 al pliego del proceso para adquirir tickets de combustible y gasoil a granel, con presupuesto total de RD$5,400,000. Modifica nueve apartados, incluidos cantidades y descripción de los bienes, entrega, oferta económica, evaluación, garantías y pagos. El acta imprime como fecha límite de recepción el 9 de abril de 2025, aunque el portal registra el cierre para el 9 de abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla asigna RD$100,000 al suministro de gasoil a granel, pero la enmienda consigna que no es posible establecer la totalidad de galones. Sin un máximo cuantificado de unidades, conviene verificar cómo se compararán las ofertas y cómo se comprobarán las cantidades entregadas; el reglamento prevé que en bienes según demanda se determine el número máximo de unidades.
“Para el suministro de gasoil al granel, el llenado se realizará en superficie y estará destinado a la planta eléctrica de esta institución, a requerimiento. No es posible establecen^iíjreeki:4 la totalidad de galones ni el tiempo estimado e”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 77 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 77 — Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda
Artículo 77.- Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda. En los contratos de bienes según demanda, la institución contratante puede requerir la entrega de los bienes durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones debe advertirse que la institución contratante no asume el compromiso de requerir el total de las unidades adjudicadas, sino únicamente aquellas que sean requeridas. En consecuencia, el valor del contrato debe establecerse sobre un monto tope máximo determinable. Párrafo II. La institución contratante debe…
El acta aprueba cambios en nueve apartados el 7 de abril; el portal registra el cierre de ofertas para el 9 de abril de 2026 y no registra una extensión posterior. La enmienda afecta, entre otros aspectos, la descripción de los bienes, la evaluación y las condiciones económicas, por lo que el margen para ajustar las ofertas fue de dos días; la ley dispone extender proporcionalmente el plazo cuando el cambio se realiza después del 75% del plazo de recepción.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana, a ios siete (07) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), a las diez (10:00 am) de la mañana; verificado y comprobado el quórum correspondiente; se”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Aunque la enmienda establece el anticipo MIPYME de 30%, permite desembolsarlo hasta 45 días después de la firma y certificación del contrato. La ley dispone el anticipo del 30% con la suscripción del contrato u orden correspondiente.
“por concepto de avance recibirán el treinta por ciento (30%), en un plazojiojnayor de cuarenta y cinco (45) días a partir de la firma y certificación por parte de la Contral … General de La República. El”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
La enmienda exige a las MIPYMES presentar una garantía de seriedad —aunque limita su forma a fianza de seguro— y la incluye como requisito de evaluación económica. La Ley 47-25 establece que no se requiere garantía de seriedad de oferta para MIPYMES.
“Si se trata de un oferente certificado como MIPYME solo será exigida la fianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
La enmienda fija el pago del saldo hasta 45 días después de que el proveedor remita la factura. La ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento correspondiente.
“La suma restante será pagada según cada requerimiento. Este pago se hará en un^Síodo de cuarenta y cinco (45) contados a partir de que el proveedor remita al superviso^t^responsabl^B^ contrato la factura de los bienes ofrecidos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Descripción de los bienesCantidades y presentación del lote único
El texto anterior no se reproduce en el acta.
Detalla tickets prepago por RD$1,900,000, RD$2,500,000 y RD$900,000, y RD$100,000 para gasoil a granel.
Aclara
Tiempo para la entrega de los bienesInicio y condiciones de entrega
El texto anterior no se reproduce en el acta.
La entrega será a requerimiento después de la firma y certificación del contrato por la Contraloría; los plazos ofertados podrán convertirse en plazos contractuales.
Endurece
Contenido de la oferta económicaPrecio, moneda y vigencia de las ofertas
El texto anterior no se reproduce en el acta.
Exige precios individuales y globales, en pesos dominicanos, con impuestos y gastos explícitos; las ofertas deben mantenerse vigentes hasta el 21 de mayo de 2026.
Aclara
Documentos de la oferta económica, Sobre BFormulario, garantía de seriedad y declaración de oferta libre de colusión
El texto anterior no se reproduce en el acta.
Enumera el formulario económico, una garantía de seriedad y una declaración de oferta libre de colusión; señala que la garantía es subsanable.
Endurece
Metodología y criterios de evaluación económicaVerificación de la oferta económica
El texto anterior no se reproduce en el acta.
Establece evaluación cumple/no cumple, incluida la garantía de seriedad por 1% y la oferta en RD$ con impuestos y gastos incluidos.
Aclara
Anticipo y garantía de buen uso del anticipoAnticipo para MIPYMES
Según el resumen de documentos del proceso, el pliego indicaba 20% para MIPYMES y 5% general.
Prevé un anticipo de 30% para adjudicatarios MIPYMES, contra garantía de buen uso que cubra el avance.
Relaja
Condiciones de pago y retencionesPlazo del anticipo MIPYME y pago del saldo
El texto anterior no se reproduce íntegramente en el acta.
Fija hasta 45 días desde la firma y certificación del contrato para el anticipo MIPYME; el saldo se pagará hasta 45 días después de remitida la factura.
Endurece
Recepción de ofertas técnicas y económicasEtapas y fecha límite de recepción
El texto anterior no se reproduce íntegramente en el acta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Indica dos etapas y fija la recepción hasta el 9 de abril de 2025 a las 10:00 a. m.; el portal registra cierre el 9 de abril de 2026.
Aclara
Garantías del fiel cumplimiento del contratoMonto, vigencia y ejecución de la garantía
El texto anterior no se reproduce en el acta.
Fija garantía de 4% del monto adjudicado, o 1% para MIPYMES, con vigencia mínima de un año y hasta la liquidación del contrato.
Aclara
SNCC_D048_EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL PERSONAL PRINCIPAL.docx