La Resolución CCC-059-2026, de fecha 2026-04-01, aprueba el informe de evaluación económica y adjudica el lote 1 a CAJSPORTING, SRL por RD$17,640,000.00, impuestos incluidos. El acta consigna que la empresa obtuvo 96 puntos y que su oferta fue la recomendada conforme al criterio indicado en el pliego. También informa a los interesados sobre las vías y el plazo para recurrir la decisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta aprueba la adjudicación de RD$17,640,000.00 a CAJSPORTING, SRL, el único oferente que aparece habilitado en el resultado técnico reproducido. El portal registra además una oferta de Sunguard Investment, SRL por RD$17,888,000.00, pero los informes anteriores la declararon no habilitada por la experiencia técnica; por ello, no hubo competencia de precios entre ofertas técnicamente habilitadas en la evaluación económica.
“CAJSPORTING, SRL RNC: RPE: 91312 | CUMPLE | CUMPLE | CUMPLE | 66 puntos | Habilitado | N/A … TERCERO: INSTRUIR a la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones de este Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC) a notificar a los oferent”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 117 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente
Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta indica diez días desde el día siguiente a la recepción, sin especificar que sean hábiles. La Ley 47-25 fija un máximo de diez días hábiles para interponer la reconsideración; la redacción del aviso podría llevar a computar un plazo menor.
“Esta Resolución puede ser recurrida por las vías siguientes: 1) Recurso de reconsideración ante el Ministerio de Deportes y Recreación (MIDEREC) dentro del plazo de diez (10) días contados a partir del día siguiente a la recepción del prese”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 205 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.
Entre la publicación del 24 de febrero y la recepción de ofertas del 6 de marzo de 2026 transcurrió menos de diez días hábiles. El proceso requiere equipamiento deportivo especializado y el expediente previo registra un requisito específico de experiencia en tabloncillo Maple modular o portátil; para bienes o servicios no comunes ni estandarizados, la Ley establece un mínimo de diez días hábiles para la contratación simplificada.
“Que en fecha 24 de febrero del año dos mil veintiséis (2026), se procedió a la publicación a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Publicas (SECP) del Órgano Rector Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) y el Portal ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 101 — Reglas mínimas para la presentación de propuestas
Artículo 101.- Reglas mínimas para la presentación de propuestas. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 100 de la presente ley, para la presentación de propuestas, atendiendo a la naturaleza del objeto contractual y el procedimiento de selección aprobado, se establecerán las reglas mínimas siguientes: 1) Para el procedimiento de licitación pública, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a treinta (30) días hábiles; 2) Para el procedimiento de licitación abreviada, el plazo que deberá mediar entre la convocatoria y la fecha límite fijada para la recepción de propuestas no será inferior a quince (15)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona