La solicitud de compra del MIDEREC, fechada el 24 de febrero de 2026, requiere una unidad de tabloncillo modular o portátil para el área de competencias del Palacio de los Deportes, dirigida a MIPYMES. Estima un precio y monto total de RD$18,000,000.00.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud contiene únicamente el suministro e instalación de tabloncillo por RD$18,000,000; sin embargo, el portal registra además un ítem de reparación y mantenimiento de vehículos por RD$2,000,000. Esa diferencia de objeto y monto entre el documento y el registro del proceso amerita verificar qué alcance se convocó y evaluó; podría tratarse de un registro del portal que no refleja esta solicitud.
“1 | | 2.7.1.2.01 | Suministro e instalación de tabloncillo modular/portátil (según ficha técnica) | UD | 1.00 | $18,000,000.00 | $18,000,000.00 Total | $18,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
La solicitud estima RD$18,000,000 por una unidad de tabloncillo modular o portátil. Frente a la mediana de RD$250,000 registrada para ítems de referencia con la misma descripción y unidad, la diferencia es amplia y merece revisión del alcance, las cantidades comprendidas en la unidad y la estimación de mercado; las especificaciones concretas podrían explicar parte de la brecha.
“1 | | 2.7.1.2.01 | Suministro e instalación de tabloncillo modular/portátil (según ficha técnica) | UD | 1.00 | $18,000,000.00 | $18,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona