El estudio previo, fechado el 9 de marzo de 2026, sustenta la adquisición de una unidad SUV 4x4 para la continuidad operativa de la Superintendencia del Mercado de Valores. Consigna un costo referencial de RD$5,964,980.00, frente a RD$6,800,000.00 previsto en el Plan Anual de Contrataciones, y establece especificaciones detalladas para un vehículo nuevo, año 2025 o superior. También describe requisitos de calificación y garantías para el procedimiento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio incluye denominaciones comerciales como EcoBoost, SelectShift, Vista y SYNC 4, junto con numerosas características particulares. Aunque puede tratarse de una descripción técnica del vehículo requerido, la combinación podría restringir las alternativas equivalentes y merece verificarse contra el análisis de mercado y la posibilidad de ofrecer equipos equivalentes.
“Motor EcoBoost V6 de 3.5L 4WD • 400HP 480 LB-Transmisión automática de 10 velocidades con Capacidad SelectShift … Techo panorámico Vista (apertura y cierre eléctricos con ventana eléctrica”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 5 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 5.- Definiciones. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por las definiciones siguientes: 1) Adjudicación: Es el acto administrativo a través del cual la institución contratante selecciona al proveedor que haya presentado la mejor propuesta, de conformidad con los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación fijados en un procedimiento de contratación pública. 2) Bienes: Son los objetos de cualquier índole, incluyendo las materias primas, los productos, los equipos, otros objetos en estado sólido, líquido o gaseoso, así como los servicios accesorios al suministro de esos bienes, siempre que el valor de los servicios no exceda…
El estudio prevé devolver la garantía tras la recepción conforme y describe una vigencia ligada al cumplimiento y a dos meses posteriores al vencimiento del contrato. El Reglamento establece que la garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse hasta la liquidación; conviene comprobar que las condiciones propuestas cubran ese hito, especialmente porque el texto también alude a la recepción de un servicio aunque el objeto es la adquisición de un bien.
“La vigencia de la garantía será de mínimo de seis (6) meses, contados a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento, incluyendo la posterioridad hasta dos meses de la fecha de vencimiento del contrato”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 208 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 208 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 208.- Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, orden de compra u orden de servicio. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía debe mantenerse vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas o desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. De existir fallas o desperfectos debidamente demostrados y notificados al adjudicatario, y este se negare a repararlos, debe ejecutarse la garantía. Párrafo II. Cuando la prestación del servicio o la entrega del bien u obra no vaya a realizarse en la fecha prevista, el proveedor debe prorrogar…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona