El documento establece las especificaciones para contratar directamente, por proveedor único, servicios de un domo inmersivo itinerante para la Región Este, con ejecución de tres meses y vigencia contractual de seis meses. Detalla capacidad, equipos, contenidos, operación y soporte; el proceso tiene un monto estimado de RD$59,000,000 y, según el portal, fue adjudicado por ese monto a Prodicom, S.R.L. Las especificaciones citan además normas derogadas y afirman que no se requiere un pliego estándar.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El procedimiento fue convocado el 26/03/2026, pero el documento sostiene que la Ley 340-06 y el Decreto 416-23 permiten sustituir el pliego por una comunicación al proveedor. El Reglamento 52-26, vigente para procesos posteriores a la entrada en vigor de la Ley 47-25, regula la excepción de proveedor único y contempla el pliego como base de aprobación; conviene verificar el efecto de esta referencia en los requisitos y controles aplicados.
“En estos casos, no resulta necesaria la elaboración de un pliego de condiciones en el documento estándar establecido por la Dirección General de Contrataciones Públicas para los procedimientos competitivos, toda vez que la normativa habilit”
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
Reglamento 52-26, artículo 249 — Aplicación del reglamento
Artículo 249.- Aplicación del reglamento. Las disposiciones establecidas en el presente reglamento son aplicables únicamente a los procedimientos de contratación que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25, de Contrataciones Públicas. Párrafo I. Sin perjuicio de la vigencia plena y obligatoria de los principios, derechos, obligaciones y requisitos sustantivos establecidos en la Ley núm. 47-25 y en este reglamento, la implementación operativa de los nuevos procedimientos de contratación puede realizarse de manera progresiva, limitada exclusivamente a su incorporación y funcionamiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Párrafo II. En…
Reglamento 52-26, artículo 250 — Derogación del Reglamento núm
Artículo 250.- Derogación del Reglamento núm. 416-23. A partir de la entrada en vigencia de este reglamento, queda derogado el Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, y sus modificaciones, establecido mediante el Decreto núm. 416-23.
Las especificaciones nombran Intel Core i5 y NVIDIA Quadro P620, con requisitos concretos de componentes y conectores, sin expresar que se admitan equivalentes. La Ley establece que no deben exigirse ni mencionarse marcas o modelos salvo que no exista otro medio suficientemente preciso para describir el objeto; conviene comprobar la justificación técnica y el efecto de esos requisitos sobre la competencia.
“CPU Intel Core i5, 6 Cores, 2.0 GHz ● RAM 8 GB ● GPU Primario Intel UHD Graphics 630, Conectores: Un (1) Displayport 1.2, Un (1) HDMI 1.4 ● GPU Secundario: NVIDIA Quadro P620, Conectores: Cuatro (4) Mini Displayport 1.4”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Las especificaciones exigen capacidad mínima para 150 personas en una sección y describen el servicio proyectado para una capacidad de 140 en otra. La diferencia deja incierto el nivel de capacidad que debe ofertarse y verificarse en la ejecución.
“Domo no rígido con capacidad para albergar mínimo ciento cincuenta (150) personas acomodadas en sillas desmontables y portátiles. … Dentro del servicio técnico requerido y proyectado durante el desarrollo del Domo Inmersivo Itinerante que s”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Prodicom, S.R.L.Según el portal y los antecedentes de adjudicación aportados, fue adjudicada como proveedor único por RD$59,000,000.
Adjudicado
Servicios de un domo inmersivo para la Región Este
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona