El Acto núm. 127-2026, de 2026-03-10, aprueba la reevaluación, revoca la adjudicación previa a Xbyte, S.R.L. y readjudica el mantenimiento Pure Storage a Multicomputos, S.R.L. por RD$7,397,692.67, ITBIS incluido. La reevaluación habilitó a Multicomputos y no habilitó a Xbyte porque su oferta técnica cubría el servicio hasta el 31 de enero de 2029, antes de la fecha requerida del 31 de mayo de 2029.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (14 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto cita una certificación de fondos por RD$6,500,000.00 y adjudica por RD$7,397,692.67, una diferencia de RD$897,692.67. El acto no identifica una certificación posterior que cubra la diferencia; debe verificarse si existía antes de adjudicar, pues el portal registra una cuota de compromiso por el monto adjudicado, dato que no equivale por sí solo a la certificación de apropiación.
“la Dirección de Finanzas emitió la Certificación de Existencia de Fondos Núm. DF-CF-2430-2025, por un monto referencial de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 CENTAVOS (RD$6,500,000.00), ITBIS incluido… | ADJUDICAR al…”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El informe incorporado al acto describe una única etapa de apertura y lectura conjunta de las propuestas técnicas y económicas. El artículo 114 dispone que las ofertas económicas solo se abran después de concluir la evaluación técnica y notificar sus resultados; conviene verificar cómo se preservó la confidencialidad y la secuencia de evaluación.
“procedimiento a realizarse en única etapa, es decir, la apertura y lectura de las Propuestas Técnicas-Económicas recibidas de manera conjunta.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 34 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 34 — Seguridad de la información
Artículo 34. Seguridad de la información. Las medidas de seguridad que posee el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) mantendrán encriptada y protegida la información de las ofertas entregadas vía electrónica, garantizando su confidencialidad e integridad. El contenido de las ofertas no podrá ser conocido por terceros y tampoco por la institución contratante, hasta tanto se cumpla el plazo establecido en el cronograma del procedimiento de selección para su apertura.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona