El informe de necesidad de EDESUR plantea renovar por 36 meses el mantenimiento Pure Storage y actualizar el equipo FA-X20R2 a la serie FA-X20R5, invocando una excepción por exclusividad debido a que identifica cinco partners autorizados. Incluye una cotización de Multicomputos por RD$6,484,027.28, con ITBIS, y señala que su vigencia terminaba el 15 de diciembre de 2025. El informe consigna que el requerimiento no fue contemplado en el PACC 2025 y justifica recurrir a fondos disponibles tras la cancelación de un proceso previo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe fundamenta la excepción en una lista de cinco partners autorizados, pero cita también el procedimiento de proveedor único, que el Reglamento distingue de la exclusividad para un número limitado de proveedores. Conviene verificar que el procedimiento aplicado y su justificación correspondan a la pluralidad que el propio informe identifica.
“En vista a la cantidad de suplidores, sugerimos un proceso de “excepción por proveedor exclusivo””
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
La cotización que acompaña el informe vencía el 15/12/2025 y la convocatoria del proceso fue publicada el 22/12/2025. Al ser una cotización de referencia, procede verificar si el precio estimado se confirmó o actualizó antes de convocar; el documento no permite concluir que la oferta posterior de Multicomputos sea esa misma cotización.
“Valido hasta: 15/12/2025”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
Oferentes que registra (5)
5 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
XBYTE SRLIncluida en la lista de partners autorizados por Pure Storage; el informe no la identifica como oferente de este procedimiento.
Mencionado
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ITGESIncluida en la lista de partners autorizados por Pure Storage; el informe no la identifica como oferente de este procedimiento.
Mencionado
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MULTICÓMPUTOS, SRLIncluida en la lista de partners autorizados y emisora de la cotización de referencia; el informe no la identifica como oferente de este procedimiento.
Mencionado
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RD$6,484,027
SS DOMINICANAIncluida en la lista de partners autorizados por Pure Storage; el informe no la identifica como oferente de este procedimiento.
Mencionado
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Soluciones Gadala-Maria Bonetti y Hernández, SRLIncluida en la lista de partners autorizados por Pure Storage; el informe no la identifica como oferente de este procedimiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona