El memorándum usa una categoría de excepción no identificada en la ley
· hace 6 meses
El memorándum describe el informe remitido como justificación de una excepción de “obras científicas y técnicas”. Esa categoría no aparece entre las excepciones enumeradas en la Ley 47-25; conviene verificar que la aprobación posterior haya fundamentado la contratación en una excepción prevista en el régimen aplicable. El documento solo remite el informe y no decide el procedimiento.
“Muy cortésmente remitimos el Informe Técnico Pericial que evalúa y justifica el uso de un procedimiento de excepción de obras científicas y técnicas para la contratación de una consultoría especializada en el análisis de oferta y demanda de”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 149 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 149 — Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva
Artículo 149.- Aplicación estricta y prohibición de interpretación extensiva. Las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25 solo pueden aplicarse en los casos y supuestos taxativamente establecidos, los cuales deben ser entendidos de manera estricta y nunca por analogía o interpretación extensiva.
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