El pliego del proceso CONAPE-CCC-LPN-2026-0001, fechado el 12 de marzo de 2026, establece una licitación pública nacional por 15 lotes de alimentos y bebidas para centros adscritos al CONAPE. Fija un presupuesto base de RD$127,597,126.00 y recepción de ofertas hasta el 30 de abril de 2026; incluye requisitos de evaluación y condiciones de entrega, pago y garantías. El cronograma prevé adjudicación el 29 de junio y firma del contrato el 28 de julio de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija la notificación de adjudicación para el 30 de junio y la firma para el 28 de julio de 2026, plazo que supera los diez días hábiles máximos contados desde la notificación. Además, el propio texto del pliego indica que la fecha de firma no debe exceder ese límite.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
El pliego permite hasta 60 días hábiles para pagar desde la remisión de las facturas. La Ley 47-25 fija un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que la cláusula puede trasladar al proveedor una espera mayor.
“Estos pagos se harán en un período no mayor de 60 días hábiles contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del bien/ servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
La sección de evaluación financiera establece solvencia mínima de 1.5 en una parte y de 1.20 en otra. La diferencia puede cambiar qué oferentes cumplen la calificación y requiere aclarar cuál umbral regía para la evaluación.
“Límite establecido: Mayor 1.5 … Límite establecido: Mayor 1.20”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El pliego establece que el anticipo del 30 % para MIPYMES se pagará dentro de los 30 días posteriores a la firma, aunque la ley dispone que se otorgue con la suscripción del contrato, orden o servicio. Esta diferencia puede aplazar el acceso del proveedor al flujo previsto para iniciar la ejecución.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) conforme a lo previsto en el artículo 174 de la Ley 47-25, asciende al 30 % del monto adjudicado a los proveedores que son certificados como Mipymes. Este pago de adelanto o anticipo ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
La ficha de avena instantánea contiene una presentación de 650 gramos, aunque el ítem correspondiente del lote 13 y otra ficha indican 300 gramos. Asimismo, el ítem de proteína líquida se lista con envase de 237 ml, mientras que la ficha de proteína líquida establece 220 ml; las diferencias pueden dificultar la comparación de ofertas y la verificación de conformidad.
“Peso: 650 Grs. … Peso: 300 Grs. … PROTEINA LIQUIDA SUPLEMENTO ALIMENTICIO ENVASE DE 237 ML … Peso: 220 ml.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El documento reproduce que las compras comprendidas en el Decreto 31-22 se dirigirían exclusivamente a MIPYMES industriales, pero formula para esta convocatoria que se presenten productos nacionales solo cuando haya opciones en el mercado y permite participar a oferentes según sus rubros. Conviene verificar si el proceso estaba sujeto a la regla legal de convocatorias competitivas dirigidas exclusivamente a productores y sin intermediación.
“sean dirigidos exclusivamente a micro, pequeñas y medianas industrias … Los oferentes interesados deberán presentar ofertas que contengan productos de producción nacional siempre que haya opciones en el mercado que cumplan los requerimiento”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 177 · Reglamento 52-26, art. 226 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 177 — Contrataciones en programas especiales
Artículo 177.- Contrataciones en programas especiales. Las instituciones contratantes que tengan a su cargo programas de alivio a la pobreza, alimentación humana en general, vestimentas e insumos escolares o didácticos, así como productos de uso básico para salubridad social y dignidad humana, deberán agotar procedimientos de contratación destinados a adquirir productos nacionales, provenientes directamente de productores agrícolas, agroindustriales y manufactureros localizados en territorio dominicano, de origen nacional y sin intermediación, a menos que esta última sea autorizada de forma directa, previa y reciente por parte del productor. Párrafo I.- Estos procedimientos de contratación…
Reglamento 52-26, artículo 226 — Contrataciones en programas especiales
Artículo 226.- Contrataciones en programas especiales. Las instituciones contratantes sujetas a las reglas de contratación en el marco de programas especiales que, según lo dispuesto en la Ley núm. 47-25, deben reservarse a productores agrícolas, agroindustriales y manufactureros localizados en territorio dominicano, de origen nacional y sin intermediación, serán identificadas mediante decreto, en adición a las establecidas en la referida ley. Párrafo I. En estas contrataciones deben establecerse en el pliego de condiciones los requisitos correspondientes para verificar la condición de productor nacional. Párrafo II. Las instituciones indicadas deben, en cada ejercicio presupuestario,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona