El pliego enmendado establece una contratación simplificada, dirigida a MIPYMES, para alquilar equipos pesados en dos lotes, con valor referencial total de RD$5,597,000.00 y vigencia de un año o hasta agotar el monto. Fija requisitos técnicos, financieros y legales, evaluación cumple/no cumple y adjudicación por menor precio, con regla general de un lote por oferente. El cronograma prevé convocatoria el 03/03/2026, recepción de ofertas hasta el 17/03/2026 y adjudicación el 22/04/2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra dos contratos para SEDN, por RD$1,661,750 y RD$3,095,700, cuya suma coincide con su oferta de RD$4,757,450. El pliego permite adjudicar más de un lote al mismo oferente solo si no hay otras ofertas habilitadas para completar la adjudicación; conviene verificar en el acta si se acreditó esa condición. La comparación de totales de oferta no determina por sí sola el mejor precio de cada lote.
“No obstante, cuando de la evaluación técnica y económica se determine que no existen otras ofertas habilitadas que permitan completar la adjudicación total de los lotes, el Comité de Compras y Contrataciones podrá, mediante decisión motivad”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El pliego indica en una sección que las ofertas más de 15% por encima o por debajo del valor referencial pueden ser no sustentables, y en otra fija un límite de 20% para precios bajos; una tercera vuelve a aludir al 15%. La divergencia puede afectar la exclusión de ofertas y requiere aclarar qué umbral rige.
“En cuanto a la oferta económica, si el precio presentado es inferior o mayor en más de un quince (15%) por ciento en relación al valor referencial de cada lote, se considerará no sustentable o temerario… … Si el precio de la oferta es infer”
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El portal registra la última enmienda el 13/03/2026 y el pliego mantiene el cierre el 17/03/2026. La enmienda resumida incorpora cambios sustantivos; si fue publicada después del 75% del plazo, la regla prevé extenderlo proporcionalmente y permitir nuevas preguntas sobre lo modificado.
“3. Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC o la DAF. El 13 de marzo del 2026, a las 10:00 am … 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica). El 17 de marzo del 2026, a la”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la garantía que respalda el mantenimiento de la oferta y el compromiso del oferente..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El pliego exige a empresas ubicadas en Santiago presentar la última factura del servicio de agua pagada. No describe cómo esta condición acredita capacidad para alquilar equipos pesados; debe verificarse su vinculación objetiva con el objeto y la ejecución del contrato.
“17) Última factura del servicio de agua en la cual demuestre estar al día en pago. (aplica para empresas ubicadas en Santiago)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego establece que el empate se resolverá por el menor tiempo de entrega. El Reglamento enumera criterios preferentes de desempate y dispone selección al azar si no aplican; el criterio añadido puede determinar quién obtiene la adjudicación.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta que la entrega en el menor tiempo”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas
Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…
Para acreditar los equipos, el pliego exige matrículas a favor del participante, además de su inspección. En un servicio de alquiler, esta condición excluye equipos disponibles mediante arrendamiento u otros acuerdos; conviene verificar la necesidad técnica de limitar la acreditación a propiedad directa.
“Equipos del oferente (SNCC.F.036), con sus respectivas matrículas propiedad a favor del oferente participante.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Equipos y Proyectos Civiles, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente por RD$3,642,001; el estado no identifica el resultado de su evaluación.
Mencionado
—
RD$3,642,001
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Anticipo y condiciones de pagoAnticipo para MIPYMES
El pliego inicial contemplaba un anticipo de 20% en una sección, según la información resumida de otros documentos del proceso.
La versión enmendada establece un anticipo de 30% para adjudicatarios MIPYME, sujeto a garantía de buen uso y registro del contrato; fija su pago dentro de 15 días hábiles.
Relaja
Documentación legalCertificación MIPYME
La certificación MIPYME no estaba incorporada como requisito en el pliego inicial, según el resumen de la circular de enmienda.
Se exige certificación MIPYME vigente emitida por el MICM.
Endurece
Oferta económicaGarantía de seriedad de la oferta
El pliego inicial incluía disposiciones sobre garantía de seriedad de la oferta, según el resumen de la circular de enmienda.
La enmienda elimina esas disposiciones como requisito expreso; la versión aún contiene referencias generales a una garantía previamente constituida.
RelajaQuita un control: Se elimina la garantía que respalda el mantenimiento de la oferta y el compromiso del oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…