El Acta núm. LPN2601-02, de fecha 2026-03-11, aprueba enmiendas al pliego del proceso POLITUR-CCC-LPN-2026-0001. Corrige el monto de RD$5,644,000.00 a RD$58,356,000.00, extiende el suministro de tres meses a lo que resta del año y sustituye el criterio de cobertura estratégica más descuento por el de mayor descuento ofertado. También eleva de 20% a 30% el anticipo previsto para MIPYMES, pero mantiene que se desembolse hasta veinte días hábiles después de la firma y contra garantía bancaria.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Elimina el factor de cobertura geográfica, que valoraba la concentración de estaciones de combustible próximas a las zonas turísticas..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda eleva el anticipo para MIPYMES al 30%, pero permite desembolsarlo hasta veinte días hábiles después de la firma y exige una garantía bancaria. La Ley 47-25 prevé el anticipo del 30% con la suscripción y, para las garantías exigibles a MIPYMES, limita la forma a fianzas de compañías aseguradoras; estas condiciones merecen revisión.
“El anticipo que le será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en este pliego, que asciende a un 20% para todos los oferentes adjudicatarios y de igual manera un 30% si se trata de un oferente certificado”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
Duración del suministroPeríodo de entrega de tickets
Suministro por tres meses o hasta consumir las cantidades contratadas, lo que ocurra primero.
Suministro por lo que resta del año o hasta consumir las cantidades contratadas, lo que ocurra primero.
Endurece
Criterio de adjudicaciónFactores para seleccionar la oferta
Mayor factor de cobertura estratégica, definido por concentración de estaciones cercanas a zonas turísticas, y mayor descuento ofertado.
Mayor descuento ofertado; se indica que los descuentos se ponderan en montos, no porcentajes.
RelajaQuita un control: Elimina el factor de cobertura geográfica, que valoraba la concentración de estaciones de combustible próximas a las zonas turísticas.
Anticipo y garantía de buen usoPorcentaje de anticipo para MIPYMES
20% para todos los adjudicatarios, incluidos los oferentes certificados como MIPYMES; pago hasta veinte días hábiles después de la firma y contra garantía bancaria.
20% para los demás adjudicatarios y 30% para MIPYMES; pago hasta veinte días hábiles después de la firma y contra garantía bancaria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona