La justificación no establece la exclusividad para cada servicio
· hace 7 meses
El informe apoya la excepción en la conservación de garantías, pero describe el servicio como realizable por el concesionario de la marca o por talleres autorizados, y menciona concesionarios distintos para vehículos de varias marcas. Esa base no determina por sí sola que exista un proveedor único para cada prestación incluida; conviene comprobar la exclusividad y la ausencia de sustitutos razonables para cada vehículo o ítem.
“Que para que se mantenga la garantía de los vehículos indicados anteriormente, los mantenimientos preventivos y correctivos deberán serrealizados directamente con el concesionario de la marca oen los talleres autorizados por el concesionari”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
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