El Acta núm. 02-2026, de 2026-03-10, aprueba la solicitud para construir la segunda fase del Parque El Bonito y adjudica el contrato a JULIO DIAZ AMANCIO, SRL por RD$27,656,976.45. La decisión identifica el procedimiento como «Comparación de precios» y consigna como integrantes del comité a cinco personas con los cargos indicados en el acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fecha la reunión de adjudicación el 10 de marzo de 2026, mientras el portal registra el contrato de la adjudicataria con fecha 9 de marzo de 2026. La diferencia de un día merece cotejarse con el contrato y su formalización; el dato del portal podría corresponder a un registro o una actualización y no necesariamente a la firma efectiva.
“Siendo las nueve horas y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.) del día diez (10) del mes marzo del año dos mil veintiseis (2026), se reunió el Comité de Compras y Contrataciones”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
El acta identifica como integrantes a una secretaria y una asesora, pero no identifica a representantes de Planificación y Programación ni de la Oficina de Libre Acceso a la Información. El artículo 197 establece esos puestos en la composición del comité local; conviene verificar si los integrantes nombrados ejercían formalmente esas funciones o si correspondía otra integración autorizada.
“dicho comité integrado por: Sr. Fausto de la Rosa Rodríguez, Presidente del Comité de Compras, Licda. Juana Berkis Castro, asesora financiera del comité de compras, Licda. Banny Soto Pérez, asesora Juridico Interina, Luz Belania García Pere”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 197 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 197 — Comités de Contrataciones Públicas Locales
Artículo 197.- Comités de Contrataciones Públicas Locales. Los gobiernos locales contarán con un Comité de Contrataciones Públicas Locales. Será responsabilidad de dicho comité la designación de los peritos que elaborarán las especificaciones técnicas del bien a adquirir y del servicio u obra a contratar, la aprobación de los pliegos de condiciones de la contratación, el procedimiento de selección y la decisión sobre las recomendaciones emitidas por los peritos designados para evaluar las ofertas. Su composición será la siguiente: 1) El alcalde o el director, o a quien estos deleguen su representación; 2) El gerente financiero o, en su defecto, el tesorero municipal; 3) El consultor…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona