El acta invoca el reglamento anterior y una modalidad no enumerada en la Ley 47-25
· hace 8 meses
El acta aprueba “Comparación de precios” y cita el Reglamento 416-23, aunque el proceso se convocó bajo la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26. La Ley 47-25 enumera otras modalidades ordinarias y derogó el Reglamento 416-23; conviene verificar la correspondencia de la modalidad aprobada con el régimen aplicable y las reglas transitorias de umbrales.
“VISTO: El Reglamento de Aplicación . … Disposición número dos (02): APROBAR, como en efecto APRUEBA, que en cumplimiento a la ley Ley , y al proceso por comparación de precios, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, O”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 55 · Ley 47-25, art. 247 · Reglamento 52-26, art. 249 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 55 — Procedimientos ordinarios de selección
Artículo 55.- Procedimientos ordinarios de selección. Serán considerados procedimientos ordinarios de selección de proveedores los siguientes: 1) Licitación pública; 2) Licitación pública abreviada; 3) Subasta inversa; 4) Sorteo de obras; 5) Contratación simplificada; 6) Contratación menor; 7) Contratación directa sujeta al umbral.
Ley 47-25, artículo 247 — Derogación
Artículo 247.- Derogación. La presente ley deroga las leyes siguientes: 1) Ley núm. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 2) Ley núm. 449-06, del 6 de diciembre de 2006, que modifica la Ley núm. 340-06 sobre Contrataciones de Bienes, Obras, Servicios y Concesiones; 3) Ley núm. 6-21, del 20 de enero de 2021, que agrega un numeral 5 al artículo 6 de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 4) Decreto núm. 416-23, del 14 de septiembre de 2023, que establece el Reglamento de la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 5) Cualquier…
Reglamento 52-26, artículo 249 — Aplicación del reglamento
Artículo 249.- Aplicación del reglamento. Las disposiciones establecidas en el presente reglamento son aplicables únicamente a los procedimientos de contratación que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley núm. 47-25, de Contrataciones Públicas. Párrafo I. Sin perjuicio de la vigencia plena y obligatoria de los principios, derechos, obligaciones y requisitos sustantivos establecidos en la Ley núm. 47-25 y en este reglamento, la implementación operativa de los nuevos procedimientos de contratación puede realizarse de manera progresiva, limitada exclusivamente a su incorporación y funcionamiento en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Párrafo II. En…