El Acta núm. 0048-2026, de fecha 2026-03-02, aprueba el informe aclaratorio de reevaluación del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0040. Autoriza la apertura extraordinaria de las ofertas económicas de Celna Enterprises, Grupo Continental Ferrero, Productex R2 y Par Multiservice tras reevaluar sus muestras, y también de Suprasol Dominicana e Inversiones de la Cruz, que el acta indica que estaban habilitadas pero no fueron abiertas por error humano. El documento no adjudica el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Celna Enterprises, SRL, Grupo Continental Ferrero, SRL, Productex R2, SRL, Par Multiservice, SRL.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Dimalba Import, SRLIncluida entre los oferentes habilitados para la apertura de la oferta económica.
Habilitado
Ítem 1
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Suprasol Dominicana, SRLEl acta indica que estaba habilitada desde el inicio, pero su oferta económica no fue abierta por error humano; se autoriza su apertura extraordinaria.
Habilitado
Ítem 1
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Inversiones de la Cruz (IC), SRLEl acta indica que estaba habilitada desde el inicio, pero su oferta económica no fue abierta por error humano; se autoriza su apertura extraordinaria.
Habilitado
Ítem 1
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Celna Enterprises, SRLEl informe recomienda habilitarla para apertura extraordinaria tras la reevaluación de muestras; el comité aprueba dicha apertura.
Habilitado por vía extraordinaria
Ítem 1
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Grupo Continental Ferrero, SRLEl informe recomienda habilitarla para apertura extraordinaria tras la reevaluación de muestras; el comité aprueba dicha apertura.
Habilitado por vía extraordinaria
Ítem 1
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Productex R2, SRLEl informe recomienda habilitarla para apertura extraordinaria tras la reevaluación de muestras; el comité aprueba dicha apertura.
Habilitado por vía extraordinaria
Ítem 1
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Par Multiservice, SRLEl informe recomienda habilitarla para apertura extraordinaria tras la reevaluación de muestras; el comité aprueba dicha apertura.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La reevaluación de la muestra indica que el estuche no tiene la medida de profundidad y que el cierre es muy frágil.
No habilitado
Ítem 1
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Argos Farmacéutica, SRLLa reevaluación indica que la pasta dental de la muestra es de 75 ml y que no se visualiza la cantidad de flúor requerida.
No habilitado
Ítem 1
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Grupo Nendaz JAGM, SRLLa reevaluación indica que sus estuches no presentan medida de profundidad y que son planos, por lo que no cabían el cepillo y la crema.
No habilitado
Ítem 1
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Grupo Empresarial ONI3, SRLLa reevaluación indica que una muestra no tenía contenido y que la otra excedía las medidas solicitadas para el estuche.