Motivación de la cancelación requiere verificación
· hace 7 meses
El acta identifica como causa concreta que el objeto se publicó como «Bienes» aunque correspondería a «Servicios», pero no explica por qué esa diferencia constituye una irregularidad grave que impida continuar el procedimiento. La cancelación puede responder a una corrección necesaria, pero conviene verificar en el expediente el sustento técnico-jurídico de la imposibilidad de corregirlo sin cancelar.
“«A que el artículo 130 numeral 3 de la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones establece que, "Antes de la adjudicación, la institución contratante podrá disponer la cancelación del procedimiento de cont”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 130 · Reglamento 52-26, art. 128 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 130 — Cancelación de procedimiento
Artículo 130.- Cancelación de procedimiento. Antes de la adjudicación, la institución contratante podrá disponer la cancelación del procedimiento de contratación, mediante una resolución debidamente motivada, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1) Hayan desaparecido las razones de interés público que justificaban la contratación; 2) Se evidencien graves irregularidades en la planificación o pliegos de condiciones que impiden seleccionar objetivamente la propuesta más conveniente; 3) Se evidencien graves irregularidades en la ejecución del procedimiento de contratación que impidan continuarlo; y 4) En todo caso, se dejará constancia detallada de los motivos en la…
Reglamento 52-26, artículo 128 — Cancelación del procedimiento
Artículo 128.- Cancelación del procedimiento. La cancelación de un procedimiento de contratación debe disponerse mediante resolución administrativa motivada, emitida por la autoridad competente antes de la adjudicación, y fundada en uno o varios de los supuestos establecidos en el artículo 130 de la Ley núm. 47- 25. Párrafo I. Previamente a dictar la resolución de cancelación, el Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, debe requerir un informe técnico-jurídico a los peritos evaluadores, salvo que un informe previo ya hubiera documentado adecuadamente la causal. Párrafo II. Cuando la cancelación derive de las causales previstas en los…
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