El documento es la versión 2 del pliego para adquirir 42 renglones de medicamentos, con valor referencial de RD$5,643,570 y convocatoria reservada a MIPYMES mujer; establece adjudicación por menor precio y evaluación técnica de muestras. Se identifican condiciones que requieren revisión: un plazo de firma superior al máximo legal, fechas de entrega anteriores a la firma estimada y dos porcentajes distintos para el anticipo de MIPYMES. El contexto del proceso registra adjudicaciones de RD$3,345,702 a Shajomed, SRL y RD$947,075 a Monalva Pharma Group, SRL.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se suprime la garantía que respaldaría el mantenimiento de la oferta; el proceso está reservado a MIPYMES y la Ley 47-25 prevé que no se les exija esta garantía..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El pliego exige entregar los bienes antes del 19/03/2026; según el cronograma del portal, la firma del contrato estaba estimada para el 25/03/2026. La secuencia dejaría la entrega anterior a la formalización prevista, salvo que las fechas del portal se hayan actualizado o exista otra formalización aplicable.
“El adjudicatario(a) entregará/ prestará los bienes adjudicados antes del 19/03/2026, en el Almacén de medicamentos del Hospital General Docente de la Policía Nacional.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
El pliego menciona un anticipo de 20% para MIPYMES en una cláusula y de 30% en otra. La Ley 47-25 dispone un anticipo de 30% para estas empresas; la contradicción deja incierta la condición de pago aplicable.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario(a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11 de la Sección III, que asciende a 10% y a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYMES, se hará en un p”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego fija un máximo de veinte días hábiles desde la notificación de la adjudicación, mientras que la Ley 47-25 establece un máximo de diez días hábiles para suscribir los contratos. La diferencia puede afectar la certeza del calendario posterior a la adjudicación.
“El contrato entre el HOSPITAL GENERAL DOCENTE DE LA POLICÍA NACIONAL y el(la) adjudicatario(a) deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a vein”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Aunque el objeto comprende 42 renglones de medicamentos de distintas clases, el pliego exige que el RPE tenga inscrita la actividad UNSPSC 51160000, referida a medicamentos que afectan el sistema respiratorio. La exigencia aparece como preferible en la descripción del objeto y como obligatoria entre las credenciales, por lo que conviene verificar su pertinencia para el conjunto de productos.
“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial - Medicamentos que afecta el sistema respiratorio. … debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial referida en el numeral 2 de la ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El valor referencial de RD$5,643,570 queda RD$1,242.73 por debajo del tope de RD$5,644,812.73 para comparación de precios de bienes y servicios vigente para convocatorias hasta el 31/03/2026. La proximidad amerita comprobar la estimación y si existen compras relacionadas, aunque por sí sola no acredita fraccionamiento ni irregularidad.
“El valor referencial para esta compra asciende a Cinco millones Seiscientos Cuarenta y Tres mil Quinientos Setenta pesos con 00/100 (RD$5,643,570.00), exentos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del b”
Shajomed, SRLEl contexto del proceso registra adjudicación por los renglones consignados en el acta 83-2026.
Adjudicado
—
RD$3,345,702
Monalva Pharma Group, SRLEl contexto del proceso registra adjudicación por los renglones consignados en el acta 83-2026.
Adjudicado
—
RD$947,075
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Credenciales y experienciaCertificaciones de contratos ejecutados
El resumen del acta de enmiendas indica que el pliego previo exigía dos certificaciones de contratos ejecutados.
El resumen del acta de enmiendas indica que se eliminaron esas dos certificaciones; no aparecen entre los requisitos de la versión 2.
RelajaQuita un control: Se retira la verificación documental de experiencia mediante certificaciones de contratos ejecutados.
Oferta económicaGarantía de seriedad de la oferta
El resumen del acta de enmiendas indica que el pliego previo contemplaba esta garantía.
La versión 2 indica «No-Aplica» para la garantía de seriedad de la oferta.
RelajaQuita un control: Se suprime la garantía que respaldaría el mantenimiento de la oferta; el proceso está reservado a MIPYMES y la Ley 47-25 prevé que no se les exija esta garantía.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona