Publicado el 4 mar de 2026Fechado el 3 mar de 20269 páginasEn el mensaje «Publicación acta administrativa de reasignación de peritos, reevaluación informe definitivo de evaluación técnica y acta administrativa que aprueba la reevaluación del informe definitivo de evaluación técnica»
El Acta Administrativa 012-2026, de fecha 2026-03-04, aprueba el informe definitivo de reevaluación técnica del 2026-02-25 y declara habilitados a 13 oferentes para la segunda etapa, en distintos ítems. La reevaluación deriva de la Resolución RIC-0157-2025 de la DGCP; el acta no adjudica ni consigna montos de oferta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla de evaluación atribuye a Polansky Morel Ramírez los ítems 1, 2 y 4, pero la resolución lo lista solo para 1 y 2; también atribuye a Arturo Núñez Delgado los ítems 1, 2 y 4, mientras la resolución lo incluye solo para 1 y 2. La discrepancia deja incierto quién queda habilitado para competir en el ítem 4.
“Cumple | Cumple | Cumple | Habilitado ítems 1, 2 y 4 Verifico en el vivero la existencia de 0,000 Plantas de café y 350,000 semillas de aguacate que cumple con la especificación técnica … 7 | Arturo Núñez Delgado … 123394 | 1 y 2”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Domber Corporation, SRL.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El proceso fue convocado el 2025-03-31, pero el acta del 2026-03-04 dice ejercer facultades conferidas por la Ley 47-25 y el Reglamento 52-26. La regla transitoria de la Ley 340-06 dispone que los procesos se sujetan a la normativa vigente al momento de la convocatoria; conviene verificar qué régimen se aplicó a esta aprobación, aunque el acta también cita el pliego y la reevaluación ordenada por la DGCP.
“EL COMITÉ DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, en el ejercicio de las facultades legales y reglamentarias que le confiere la Ley , y su Reglamento de Aplicación , y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Pliego de Condiciones Especí”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 77 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 77
ART. 77. Los procesos contractuales iniciados antes de la vigencia de esta ley, así como la celebración y ejecución de los contratos consiguientes, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.
18 no habilitado · 12 habilitado · 1 habilitado por vía extraordinaria
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Delman De Jesús Fermín ChecoCumple las evaluaciones legal, financiera y técnica; habilitado para los ítems 1 y 2.
Habilitado
Ítems 1 y 2
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Lizandro Michel Santana MedinaLa ficha y el paquete tecnológico no identifican la variedad; los contratos de alquiler de camiones no estaban legalizados.
Dionicio Feliz PeñaCumple las evaluaciones; se verificaron 950,000 plantas de café.
Habilitado
Ítems 1 y 2
—
Domber Corporation, SRLEn reevaluación, el informe lo considera cumplidor; se verificaron 560,000 plantas de café.
Habilitado por vía extraordinaria
Ítems 1 y 2
—
Tulipán Rojo, SRLCumple para el ítem 1; no cumple para el ítem 2. Se verificaron 250,000 plantas de café.
Habilitado
Ítem 1
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Vivero Agroforestal JAREM, SRLFaltan datos de variedad y material genético, aval profesional, ubicación verificable, certificación de semillas y fotos del camión, entre otros requisitos.
No habilitado
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Maximino JiménezPresentó facturas que no indican variedades en lugar de la certificación de procedencia de semillas requerida.
No habilitado
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Constructora y Paisajismo Villa Guano, SRLIncumplimientos técnicos, incluidos variedades, paquete tecnológico, ubicación y documentación del vivero, experiencia, vehículos y certificación de semillas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Wilson Rodolfo Zapata BernabelNo identifica variedades; el paquete tecnológico presenta deficiencias y la certificación es de 2023 y no avala la producción actual.
No habilitado
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—
Julio Alberto Félix MatosNo identifica la variedad ni la ubicación del vivero y faltan elementos del paquete tecnológico exigidos.
Fácil Inversiones EEFA, SRLNo subsanó documentación legal y financiera y presenta deficiencias técnicas en variedades, paquete tecnológico y cantidades de semillas.
No habilitado
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Jose Gregorio DiazLa tabla final marca incumplimiento legal y financiero; el motivo también consigna que subsanó algunos documentos, pero no acredita tres años de experiencia ni contratos de camiones notarizados y legalizados.
No habilitado
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Arturo Núñez DelgadoCumple las evaluaciones; se verificaron 50,000 plantas de café y 300,000 semillas de aguacate.
Habilitado
Ítems 1, 2 y 4 según la tabla de evaluación; ítems 1 y 2 según la resolución
Cemasa, SRLCumple las evaluaciones; se verificaron 142 quintales de semillas de café.
Habilitado
Ítem 3
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Polansky Morel RamírezLa tabla de evaluación lo habilita para los ítems 1, 2 y 4 y consigna cero plantas de café y 350,000 semillas de aguacate; la resolución final lo incluye para los ítems 1 y 2.
Habilitado
Ítems 1 y 2 en la resolución; ítems 1, 2 y 4 en la tabla
OBRAMAX, SRLFaltan ubicación verificable, certificación de semillas, experiencia acreditada, documentación de vehículos, documento del terreno y plan de transporte y entrega.
No habilitado
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Agroindustrial LEP, SRLNo subsanó documentación legal y financiera; registra incumplimientos técnicos en variedades, paquete tecnológico, camiones y vivero.
No habilitado
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Exportadora Valdez Cepeda, SRLNo subsanó documentación legal y financiera y no acreditó varios requisitos técnicos, incluidos certificación de semillas, experiencia, ubicación y documentación de camiones.
Maltires Garcia MontillaNo subsanó documentación legal y financiera; faltan certificación de semillas, contrato de camión legalizado y plan de transporte y entrega.
Jolteca, SRLLa certificación de semillas no señala las variedades ni las cantidades suministradas.
No habilitado
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Transplanta, SRLNo subsanó documentación legal y financiera; el vivero está fuera de la jurisdicción indicada y la certificación no precisa variedad ni cantidad de semillas.
No habilitado
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Insumos Agrarios del Sur INSURAGRO, EIRLNo presentó certificación de adquisición de semillas y el contrato de alquiler del camión no cubre el período de ejecución ni está legalizado.
No habilitado
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Juan Rafael Cuevas FelizCumple únicamente con el vivero localizado en Las Auyamas, Polo, Barahona; se verificaron 80,000 plantas.