La Resolución RES-CC-074-2026, de fecha 2026-02-26, autoriza para el proceso EDENORTE-CCC-PEOR-2026-0006 la excepción de arrendamiento de inmuebles para uso estatal, aprueba las especificaciones técnicas y designa peritos técnicos, financieros y legales. El acto consigna cotizaciones por RD$690,668.11, RD$3,595,700.76 y RD$2,668,624.80, y una certificación de fondos por RD$6,954,993.67. No adjudica en su parte resolutiva.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La resolución es del 26 de febrero, pero identifica una cotización de E&P fechada el 1 de abril de 2026. Según el portal, las ofertas cerraron el 6 de marzo y los contratos se registraron el 27 de marzo; debe verificarse cuándo se recibió e incorporó esa cotización y qué información sustentó la aprobación inicial.
“En la ciudad y municipio de Santiago de los Caballeros, municipio y provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026), … VISTA: La cotización emitida por la empresa ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
El acto indica que E&P ofertó como representante del propietario de Gaspar Hernández. Según los datos registrales consultados en 2026, la actividad de E&P ante la DGII es reparación o venta de aparatos de comunicación y el RPE figura sin rubro clasificado; por ser datos posteriores al proceso, corresponde verificar la actividad y la autorización de representación vigentes al ofertar, sin que estos datos actuales establezcan cuál era su situación entonces.
“la empresa E & P MULTI SERVICES, S.R.L, en calidad de representante del señor ADELIN SAÜLSALAZAR POLANCO”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Oferentes que registra (4)
4 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Ysaías Goris GermánEl acto consigna que presentó una cotización para el inmueble de Nagua; no decide la adjudicación.
Mencionado
Casa para la Gerencia de Pérdidas en Nagua
RD$690,668
E&P Multi Services, S.R.L.El acto consigna que presentó una cotización, en calidad de representante del propietario del inmueble de Gaspar Hernández; no decide la adjudicación.
Mencionado
Local comercial en Gaspar Hernández
RD$3,595,701
Eduardo Enrique Marrero AlmonteEl acto consigna que presentó una cotización conjuntamente con Mirtha Teresa Sarkis Marín de Marrero; no decide la adjudicación.
Mencionado
Módulo 208, Plaza Barajas
RD$2,668,625
Mirtha Teresa Sarkis Marín de MarreroEl acto consigna que presentó una cotización conjuntamente con Eduardo Enrique Marrero Almonte; no decide la adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona