El Acta núm. 02-2026, de fecha 2026-02-26, pospone la adjudicación del proceso FEDA-CCC-CP-2025-0004 porque los estudios aún no habían terminado. Fija la adjudicación para el 16 de marzo de 2026, la notificación para el 19 de marzo, la garantía de fiel cumplimiento para el 27 de marzo, la firma del contrato para el 17 de abril y la publicación del contrato para el 24 de abril.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La fecha de garantía fijada para el 27 de marzo queda más allá de los cinco días hábiles desde la notificación programada para el 19 de marzo, debilitando el control oportuno de la garantía de fiel cumplimiento..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma programa la notificación para el 19 de marzo y la garantía de fiel cumplimiento para el 27 de marzo. Contando desde el día hábil siguiente, el quinto día hábil es el 26 de marzo, mientras que el cronograma concede un día adicional.
“Jueves 19 de marzo del año 2026 hasta las 03:00 p.m. … Viernes 27 de marzo del año 2026 hasta las 03:00 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · Reglamento 416-23, art. 250 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
Reglamento 416-23, artículo 250 — Régimen de los plazos
Artículo 250. Régimen de los plazos. Los plazos establecidos en este reglamento se contarán siempre a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación o notificación, según corresponda. Siempre que en la ley o en este reglamento no se exprese de otro modo, los plazos señalados en días se entenderán como días hábiles y, para su cómputo, se excluirán los sábados, domingos y feriados. Cuando se indique que se trata de días calendario, los sábados, domingos y feriados se incluirán en el cómputo del plazo. En todos los casos, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil subsiguiente.
El acta fija la adjudicación para el 16 de marzo de 2026, pero el contexto del expediente registra el Acta de Adjudicación núm. 05-2026 con fecha 31 de marzo. No se aporta aquí una nueva modificación del cronograma; conviene verificar si se emitió y publicó otra reprogramación.
“Lunes 16 de marzo del año 2026 hasta las 03:00 p.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Cronograma, actividades 1 a 5Reprogramación de adjudicación y fechas subsiguientes
El calendario previo indicaba adjudicación estimada para el 2 de marzo de 2026 y firma estimada para el 25 de marzo de 2026; no se aporta la fecha previa de la garantía.
Adjudicación: 16 de marzo; notificación: 19 de marzo; garantía de fiel cumplimiento: 27 de marzo; firma: 17 de abril; publicación del contrato: 24 de abril de 2026.
RelajaQuita un control: La fecha de garantía fijada para el 27 de marzo queda más allá de los cinco días hábiles desde la notificación programada para el 19 de marzo, debilitando el control oportuno de la garantía de fiel cumplimiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona