Enmienda registrada tres días antes del cierre
· hace 9 meses
El portal registra la enmienda el 19 de diciembre y el cierre de ofertas el 22 de diciembre de 2025. El artículo 107 del Reglamento 416-23 fija como límite para emitir adendas o enmiendas el 75 % del plazo previsto para presentar ofertas; la fecha de registro aparece posterior a ese límite según el cronograma publicado.
“Dada en Ia ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de1 año dos mil veinticinco (2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
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