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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES OXIGENO.pdf

Contratación de Servicio de Llenado de Tanques de Oxígeno de Esta Dirección de Servicios de Atención a Emergencias Extrahospitalarias (DAEH). · Dirección de Servicios de Atención a Emergencias Extra Hospitalarias (DAEH)

Publicado el 19 feb de 202635 páginasEn el mensaje «Publicación de documentos en el SECP para conocimiento de los oferentes – Proceso DAEH-CCC-PEEX-2026-0002»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DAEH-CCC-PEEX-2026-0002

Lo que dice

El pliego del proceso DAEH-CCC-PEEX-2026-0002 establece un presupuesto base de RD$15,000,000, lote único y una vigencia contractual de hasta un año para el servicio de llenado de tanques de oxígeno. Fija la presentación de ofertas para el 23 de febrero de 2026 y prevé evaluación técnica cumple/no cumple y adjudicación al menor precio entre las ofertas habilitadas. Incluye requisitos financieros y técnicos cuya formulación presenta criterios contradictorios que merecen revisión.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Umbral de experiencia expresado con cifras incompatibles

Documento del 19 feb 2026 · hace 7 meses

El criterio combina “tres (5) proyectos” con una referencia a seis millones de pesos y RD$5,000,000.00. La falta de una cantidad y un monto inequívocos puede afectar qué experiencia se considera suficiente para habilitar a los oferentes.

“Presentar evidencia de experiencia en mínimo tres (5) proyectos ejecutando servicios de un monto aproximado a seis millones de pesos RD$5,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Fórmulas y documentos financieros con criterios contradictorios

Documento del 19 feb 2026 · hace 7 meses

El pliego formula de manera incompatible los límites de solvencia, liquidez y endeudamiento, y también consigna años distintos para los estados financieros requeridos. Estas inconsistencias pueden producir evaluaciones diferentes sobre quién cumple los requisitos de habilitación financiera.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos acumulados de certificación y capacidad en planta

Documento del 19 feb 2026 · hace 7 meses

El pliego exige personal en nómina con acreditaciones ASSE específicas, logística auditable en planta, inventario de cilindros y autorización para auditar la planta, varios como no subsanables. Dada la incidencia acumulada de estas condiciones en la habilitación, conviene verificar su proporcionalidad y relación con el objeto del contrato, considerando las exigencias de seguridad del servicio.

“El oferente debe poseer en nómina personal con acreditación ASSE 6010, ASSE 6020, ASSE 6040 (No- Subsanable). … Carta de autorización al Contratante para auditoria en planta de llenado. (No-Subsanable).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Trigas del Caribe, SRLSegún el acta de adjudicación indicada en los antecedentes, fue adjudicada por cumplir con la calidad y presentar documentación ajustada al pliego; el acta señala que el monto estaba dentro de los precios de mercado.AdjudicadoLote únicoRD$14,632,000

Otros documentos del proceso (21)

  • SNCC_F033_Of_Economica[207].docxDocumento · 5 feb de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta[208].docxDocumento · 5 feb de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente[209].docxDocumento · 5 feb de 2026
  • FICHA TECNICA.pdfPliego · 16 feb de 2026 · 6 señales
  • certificacion de fondo.pdfCertificación de fondos · 16 feb de 2026
  • SOLICUTUD DE COMPRAS .pdfSolicitud de compra · 16 feb de 2026 · 1 señal
  • informe pericial.pdfInforme justificativo · 16 feb de 2026 · 2 señales
  • ACTO DE APROBACIÓN DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.pdfPliego · 16 feb de 2026 · 2 señales
  • ACTO DE APROBACION DE MODALIDAD.pdfInforme pericial · 16 feb de 2026 · 1 señal
  • contrato-ejecucion-de-bienes.docxContrato · 16 feb de 2026
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal.docxDocumento · 16 feb de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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CONVOCATORIA.pdfDocumento · 19 feb de 2026
  • Enmienda.pdfEnmienda · 19 feb de 2026 · 2 señales
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  • INFORME DE EVALUACION Y RECOMENDACION DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —