El acta del 11 de febrero de 2026 adjudica el proceso IDOPPRIL-CCC-PEPB-2026-0005 a cinco oferentes por un total de RD$6,785,000 para servicios de publicidad durante febrero-junio de 2026. Registra que las ofertas se recibieron el mismo 9 de febrero en que se publicó el procedimiento y ordena elaborar posteriormente los contratos correspondientes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta, fechada el 11 de febrero, adjudica servicios para febrero-junio y ordena elaborar los contratos posteriormente. El período de prestación indicado incluye fechas anteriores a la adjudicación y a la formalización contractual que el acta dispone gestionar; conviene verificar si se prestaron o pagaron servicios antes de formalizar el contrato u orden.
“Acta de fecha 11/02/2026, del contenido de la reunión del Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), para conocer como punto de agenda la adjudicación, del proceso”
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
Reglamento 52-26, artículo 179 — Formalización del contrato
Artículo 179.- Formalización del contrato. Todos los contratos deben constar por escrito, en soporte físico o digital, y cumplir con todos los requisitos previstos en la Ley núm. 47-25. Los contratos en formato digital deben utilizar mecanismos de firma electrónica o firma digital reconocidas, conforme a la normativa sobre comercio electrónico. Párrafo. La inclusión de cláusulas de renovación automática en los contratos administrativos celebrados entre las instituciones contratantes y los proveedores no tendrá ningún efecto ni validez jurídica.
El acta consigna que la convocatoria se publicó y que se recibieron ofertas el 9 de febrero; el cronograma del portal también registra cierre ese día. El Reglamento exige al menos tres días hábiles entre convocatoria y recepción de ofertas para las excepciones, salvo las excepciones temporales que enumera, entre las que no figura la publicidad.
“Que en fecha 09 de febrero 2026, el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), publicó el procedimiento para contratación de servicios de publicidad a través de los medios de comunicación social, coloca”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones
Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…
Las cinco adjudicaciones suman RD$6,785,000, exactamente el monto total consignado en el acta y el monto estimado que registra el portal. La coincidencia no demuestra por sí sola una irregularidad, pero amerita contrastar la estimación y sus componentes con los precios y servicios efectivamente contratados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona