Aprobación general de excepciones para procesos de publicidad
· hace 8 meses
El acta aprueba considerar como excepción, en términos generales, los procesos de publicidad, sin identificar un procedimiento, objeto o monto concreto. Aunque menciona un informe justificativo fechado el mismo día, conviene verificar si este contiene la justificación específica requerida para cada contratación; la Ley y el Reglamento prevén aprobación motivada e informe justificativo del uso de la excepción.
“APROBAR como al efecto se aprueba considerar como casos de excepción, los procesos relacionados a la contratación de publicidad a través de medios o plataformas de comunicación social y digital del INSTITUTO DOMINICANO DE PREVENCIÓN Y PROTE”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 151 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones
Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.
Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción
Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…
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