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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

INFORME PERICIALPUBLICIDAD 2026.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD A TRAVÉS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL · Instituto Dominicano de la Prevención y Protección de Riesgos Laborales

Publicado el 9 feb de 2026Fechado el 1 feb de 20262 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso IDOPPRIL-CCC-PEPB-2026-0005

Lo que dice

El informe pericial, fechado el 2 de febrero de 2026 y firmado por personal de la Dirección de Comunicaciones, expone objetivos y metas de una campaña de prevención de riesgos laborales para medios de alcance nacional durante la primera etapa de 2026. Recomienda considerar los procesos de publicidad como casos de excepción, pero la justificación descrita se basa principalmente en el perfil de audiencia de los medios y no detalla cómo se acreditan las condiciones reglamentarias de esa excepción.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

A revisarHallazgo en documentos

Justificación genérica de la excepción de publicidad

Documento del 9 feb 2026 · hace 8 meses

El informe sostiene que cada medio tiene el perfil de audiencia idóneo, pero no explica con datos o evidencias cómo se acredita la procedencia de la excepción para las contrataciones concretas. La normativa regula esta excepción para contratar directamente con el medio o plataforma titular y sin intermediarios; conviene contrastar esta justificación general con los informes y contratos específicos del expediente.

“pudimos confirmar la importancia de que dichos procesos sean considerado casos de excepción tomando en cuenta que cada uno de los medios, programas y entidades cumplen con el perfil más idóneo de los grupos de afiliados que son parte fundam”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 167 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 167 — Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital

Artículo 167.- Procedimiento de selección directa para la contratación de publicidad en medios o plataformas de comunicación social y digital. La contratación directa de publicidad solo procede bajo las siguientes condiciones: 1. Que la orden de compra o el contrato se emita o se suscriba directamente con el medio de comunicación o la plataforma digital titular del espacio, programa o canal de difusión (prensa, radio, televisión, sitio web, red social, plataforma de streaming, entre otros). 2. Que el medio o la plataforma esté legalmente constituido y registrado ante la autoridad competente, cuando corresponda. 3. Que no exista intermediación comercial, agencias o representantes que…

Ver todos los detalles →

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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