Mediante la Resolución MIVHED/CCC/RL/002/2026, de 2026-01-22, el Comité respondió la impugnación de Refamar Ingeniería y Construcción contra la Enmienda núm. 1. Rechazó el argumento de que el calendario redujera sustancialmente el plazo para preparar ofertas y sostuvo que no había obligación automática de prorrogarlo; Refamar había solicitado al menos 15 días hábiles adicionales. La resolución fue notificada a Refamar y remitida a la DGCP el 2026-01-30.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité justifica la modificación del pliego con el artículo 81 de la Ley 340-06, cuyo texto suministrado termina en el artículo 80. La regla sobre adendas está en el artículo 18, párrafo III, de la Ley y en el artículo 107 del Reglamento; conviene verificar el fundamento jurídico utilizado para resolver la impugnación.
“En cuanto a la modificación realizada al pliego de condiciones, es preciso señalar que la misma fue efectuada al amparo de lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley núm. 340-06, el cual faculta a la Administración a introducir aclaraciones, ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 18 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 18
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La comunicación del 2026-01-30 concede diez días calendario para el recurso jerárquico, mientras que el Reglamento 416-23 establece diez días hábiles. La diferencia reduce el tiempo disponible para recurrir esta decisión.
“Se le advierte que cuenta con un plazo de diez (10) días calendario contados a partir de la recepción de la presente notificación, para interponer un recurso jerárquico en contra de la presente decisión ante la Dirección General de Contrata”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 218 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
REFAMAR INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.R.L.Presentó la impugnación contra la Enmienda núm. 1; solicitó una extensión de al menos 15 días hábiles para presentar ofertas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona