Apropiación inicial de RD$13 millones frente a obra estimada en RD$650 millones
· hace 11 meses
La resolución consigna que al iniciar el proceso se generaría una apropiación de RD$13,000,000.00 para 2025 y que el resto se programaría en los presupuestos de 2026, 2027 y 2028. Dado que el Reglamento exige saldo suficiente para cubrir lo que se pagará durante el año, conviene comprobar que la certificación y el calendario de pagos de 2025 fueran consistentes; la programación plurianual del resto puede explicar la diferencia.
“por un monto de TRECE MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$13,000,000.00) que es el equivalente al 2% del Presupuesto a ser ejecutado en el año 2025, el restante será programado en el presupuesto de los años 2026, 2027 y 2028.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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