El acta adjudica los siete lotes del proceso de comparación de precios a siete oferentes, por un total de RD$50,138,809.84. La fecha que consigna el documento es 2025-01-13; el portal estima la adjudicación para 2026-01-13, por lo que se reporta la fecha tal como aparece en el acta sin tratar esa diferencia como hallazgo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el lote 4 por RD$9,874,816.00, mientras que el registro de contratos del portal informa RD$9,847,816. La diferencia de RD$27,000 amerita conciliar el monto adjudicado con el contrato y el registro electrónico; el dato del portal corresponde a un contrato que figura posteriormente como cancelado.
“LOTE (4), en este lote la oferta más conveniente fue presentada por el oferente ALBA IRIS VASQUEZ BRITO por un monto de nueve millones ochocientos setenta y cuatro mil ochocientos dieciséis pesos con 00/100 (RD$ 9,874,816.00).”
El acta adjudica a Ingta, SRL el lote 3 por RD$8,632,492.27, pero el listado de contratos del portal proporcionado incluye seis adjudicatarios y no muestra un contrato para Ingta. Puede tratarse de un registro incompleto o pendiente; conviene verificar la formalización y publicación del contrato.
“LOTE (3), en este lote la oferta más conveniente fue presentada por el oferente INGTA SRL por un monto de ocho millones seiscientos treinta y dos mil cuatrocientos noventa y dos pesos con 27/100 (RD$ 8,632,492.27).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona