La Circular No. 1, de fecha 2 de febrero de 2026, responde una consulta sobre si las MIPYMES debían presentar la garantía de seriedad de la oferta. El Departamento de Compras y Contrataciones indica que el proceso se rige por la Ley 340-06 y sus reglamentos, conforme al pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
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| Garantía de seriedad de la ofertaAplicación del requisito a las MIPYMES | La consulta plantea que la nueva ley eximiría a las MIPYMES de presentar la garantía de seriedad. | La respuesta confirma que se aplican la Ley 340-06 y sus reglamentos, según el pliego del proceso. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona